Conteo_HotSale_Final_14032024
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REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN “INSTALACION GRATIS DE AIRES ACONDICIONADOS CON LA ADQUISICION DEL CONTRATO DE SERVICIO DE REPARACION (GARANTIA ADICIONAL)”

Como marco normativo se emite durante la vigencia de la promoción “INSTALACION GRATIS EN AIRES ACONDICIONADO CON LA ADQUISICION DEL CSR” la marca  GOLLO, con la razón socialUNION COMERCIAL DE COSTA RICA, UNICOMERS.A cédula jurídica número 3-101- 74154  domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia, emite el presente Reglamento y las siguientes cláusulas:

 

1.    Empresa

Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101- 74154-08 lanza la promoción “INSTALACION GRATIS EN AIRES ACONDICIONADOS la cual está dirigida a los consumidores de todo el país que adquieran un aire acondicionado de cualquier marca y adquieran el Contrato de Servicio de reparación (CSR)

Se conoce como contrato de servicio de reparación al Gollo Plus en la Cadena Gollo.

 

2.    Participantes

2.1      Podrán participar todas las personas mayores de 18 años, que adquieran un aire acondicionado en nuestras tiendas Gollo.

 

3.    Vigencia de la promoción:

Este reglamento rige desde el 1° de Mayo al 31 de Mayo  del 2019.

 

4.    Requisitos de participación:

4.1   Ser mayor de edad.

4.2   Cedula de identidad al día y en buen estado.

4.3   Pasaporte al día y en buen estado.

4.4   Realizar la compra con contrato de servicio de reparación (CSR) de Aires Acondicionados en cualquiera de las tiendas UNICOMER (GOLLO) del país.

 

5.    Clausuras de Instalación de Aires Acondicionados a domicilio  

5.1   Al facturar el aire condicionado con contrato de servicio de reparación (CSR) el cliente tendrá derecho a los beneficios indicados en el contrato mencionado.

5.2   Duración de Instalación:  

GAM: 3 a 15 días  

Rural: 3 a 30 días

5.3   La instalación será de manera básica lo cual significa que será con los materiales e implementos que posee el aire acondicionado en su caja y que vienen del fabricante, no incluye extensión de tuberías; cableados u otros materiales, en caso de ser necesario utilizar otros materiales y realizar trabajos adicionales para la correcta instalación, se le indicará al cliente el monto por medio de una cotización, y el cliente deberá aprobar y cancelar lo indicado, eximiendo a Unicomer por los trabajos adicionales realizados ni por el tipo de materiales adicionales.

5.4   El cliente deberá proporcionar una acometida eléctrica exclusiva para el aire a instalar y cerca de la unidad de lo contrario el no se podrá instalar.

 

INFORMACION SOBRE LA CAPACIDAD DE FUNCIONAMIENTO DE LOS AIRES ACONDICIONADOS.

5.5   Capacidades para el aire; es de entre 500 – 700 BTU; Por m2, persona, o artefacto eléctrico que estará en la habitación. En zonas costeras es mejor medirlo a los 700 BTU; por exceso de calor. Tomar en cuenta que los artefactos eléctricos (Computadora, Pantalla, Refrigerador) cuenta como una persona es decir  se le debe considerar de 500 BTU A 700 BTU, Esto en unidad de medida. Es buena recomendación al asesor para que venda aire adecuado para cada espacio.

5.6   Tomar en cuenta las exoneraciones de responsabilidad, Rupturas, marcas o cortos de circuitos, en la cometida eléctrica, deben de ser comunicado al cliente.

5.7   Las unidades serán solo instaladas en habitaciones técnicamente viables, Con Cielo raso; y disponibilidad de 2:20; paredes estables; no se realizará de no contar con las características necesarias.

5.8   En caso de ser necesario romper paredes se hará con autorización de cliente, para esto es necesario la estabilidad de pared, al romper la pared cabe la posibilidad de que se dañe el repello, no nos hacemos responsables de él.


6.    Restricciones y limitaciones:

6.1    Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.

6.2     Por las pagina oficiale de Facebook Gollo se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.

6.3   Unión Comercial de Costa Rica, S.A se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los clientes con el productos instalado en sus hogares, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook de Gollo, en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.

6.4    Unión Comercial de Costa Rica, S.A se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.

6.5    Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A., en estricto apego a las leyes de La República.

6.6    Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.

6.7   Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.

6.8   Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.

6.9   Para mayor información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de Gollo o llamar al número 800-00-46556.

6.10  Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A.  podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.

 

El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.