
Como marco normativo se emite el nuevo servicio “AUTO GOLLO” la marca Gollo con la razón social UNION COMERCIAL DE COSTA RICA, UNICOMER S.A cédula jurídica número 3-101- 074154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia, emite el presente Reglamento y las siguientes cláusulas:
1.Empresa
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. Cédula Jurídica número 3-101- 074154 lanza el nuevo servicio “AUTO GOLLO” el cual está dirigido a los consumidores de todo el país que nos contacten a nuestros diferentes medios de comunicación digitales; páginas Web, WhatsApp, Facebook, Messenger, entre otros medios de relevancia donde este la marca Gollo.
2.Participantes
• 2.1 Podrán participar todas las personas mayores de 18 años, con las condiciones anteriores en nuestras tiendas de Unicomer.
3. Requisitos de participación:
• 3.1 Ser mayor de edad.
• 3.2 Cédula de identidad al día y en buen estado.
• 3.3 Pasaporte al día y en buen estado.
4.PDV con servicio de “Auto Gollo”
• 4.1 Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A, pone a disposición 68 tiendas Gollo para el servicio “AUTO GOLLO” las cuales se detallan a continuación.
PDV | Tienda |
---|---|
#4 | ALAJUELA LA ESTACIÓN |
#8 | SAN CARLOS |
#10 | ALAJUELA CENTRAL |
#13 | PÉREZ ZELEDÓN |
#15 | TURRIALBA |
#16 | RIO FRIO |
#18 | OROTINA |
#22 | JACO |
#23 | LIBERIA |
#31 | QUEPOS |
#32 | GUAPILES |
#33 | SIQUIRRES |
#38 | NICOYA |
#45 | CIUDAD NEILY |
#50 | SANTA CRUZ |
#52 | PITAL |
#53 | LA FORTUNA |
#54 | PARAISO |
#55 | GRECIA |
#57 | PAVAS |
#58 | TIBAS |
#60 | SAN SEBASTIAN |
#62 | EL COCO |
#63 | SAN MARCOS DE TARRAZU |
#65 | COBANO |
#67 | BATAN |
#68 | AGUAS ZARCAS |
#70 | CORONADO |
#71 | JICARAL |
#74 | SANTA BARBARA |
#75 | GUAPILES |
#79 | BELEN |
#80 | TRES RIOS |
#82 | CARIARI |
#83 | BUENOS AIRES |
#88 | LA CRUZ |
#91 | POAS |
#94 | ATENAS |
#103 | CARTAGO |
#104 | SANTO DOMINGO |
#109 | CIUDAD COLON |
#112 | ALAJUELITA |
#116 | PEREZ ZELLEDON |
#118 | GUAPILES |
#119 | ZAPOTE |
#121 | SAN RAFAEL HEREDIA |
#122 | GOLLO REMATES ALAJUELA |
#123 | SAN RAFAEL ALAJUELA |
#124 | SANTA ROSA DE POCOSOL |
#129 | MORAVIA |
#136 | GUAYABO |
#140 | NICOYA #2 |
#141 | BARVA |
#145 | GUADALUPE |
#148 | CARIARI #2 |
#149 | VALLE LA ESTRELLA |
#161 | ESCAZÚ |
#302 | FILADELFIA |
#305 | TEJAR DEL GUARCO |
#306 | UPALA |
#313 | TURRUCARES |
#314 | MONTE VERDE |
#322 | PACAYAS |
#324 | NEILY |
#325 | CERVANTES |
#330 | MATINA |
#340 | EL COYOL |
#402 | GOLLO MOTORS |
5.Restricciones y limitaciones
• 5.1 El estacionamiento es exclusivo de Auto Gollo” queda sujeto a disponibilidad de espacio en el momento de la cita y aplicable solo en los PDV Gollo indicados en este documento.
• 5.2 La entrega de mercadería será exclusiva de la persona que solicito el crédito por lo que no se entregará a terceras personas.
• 5.3 La mercadería comprada se entregará al cliente al momento de validar las firmas y los documentos de respaldo que den fe de la transacción.
• 5.4 Unión Comercial de Costa Rica, S.A se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los clientes con producto en el estacionamiento de “Auto Gollo”, a su exclusivo criterio, sin costo, ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook de Gollo, en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
• 5.5 Este reglamento estará en las páginas oficiales de Gollo - Facebook indicando la existencia del mismo de forma transparente y responsable informando de los alcances y limitaciones.
• 5.6 El uso de Auto Gollo es bajo la condición democrática del cliente, dando fe que conoce del reglamento expuesto y sujeto a la condición expuesta.
• 5.7 Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
• 5.8 Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del servicio “AUTO GOLLO”, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente servicio. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
• 5.9 Para mayor información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de Gollo o llamar al número 800-00-46556.
• 5.10 Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
• 5.11 Unión Comercial de Costa Rica, no se hace responsable de cualquier daño que sufra la mercadería adquirida una vez esta sea entrega al cliente aun y cuando el cliente se permanezca en las instalaciones del almacén de entrega.
• 5.12 El cliente es el responsable de tomar todas medidas de seguridad necesaria para asegurar el transporte de la mercadería a su domicilio, corriendo por su cuenta los mecanismos y dispositivos necesarios para el transporte, a decir pero no limitados mecates, lingas, lonas, en razón de que si estos fallan en el transporte y la mercadería sufre daños Unión Comercial de Costa Rica Unicomer S.A, queda eximida de toda responsabilidad.
• 5.13 Todos los costos económicos en que incurra el cliente para utilizar este servicio serán por su cuenta, en consecuencia Unión Comercial de Costa Rica Unicomer S.A, no asume ningún costo económico por el uso de este servicio.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.