
Reglamento "Premios Marchamos M26"
Empresa Organizadora
- La presente promoción es organizada por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A., bajo sus marcas comerciales GOLLO Y LA CURACAO, cédula jurídica número 3-101-74154, en adelante “UNICOMER”.
- Cualquier referencia a UNICOMER o GOLLO dentro de este reglamento se entenderá como la entidad organizadora responsable de la promoción.
Participantes
- Podrán participar todas las personas físicas mayores de 18 años, portadoras de documento de identidad válido y vigente, que realicen el pago del marchamo 2025 en modalidad crédito o contado, o adquieran un seguro para marchamos del Grupo ASYS, en cualquiera de las tiendas GOLLO o CURACAO dentro del territorio nacional, durante el período de vigencia de la promoción.
- Quedan excluidas las personas jurídicas y los colaboradores de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A.
Vigencia de la Promoción
- La promoción será válida del 1 de noviembre al 31 de diciembre del año 2025.
Requisitos para Participar
Para participar válidamente en la promoción, el cliente deberá:
- Ser mayor de edad y contar con documento de identidad vigente.
- Cancelar el marchamo 2025 en cualquiera de las tiendas GOLLO o CURACAO, mediante alguna de las siguientes modalidades: Marchamo de contado = 1 acción Marchamo a crédito = 2 acciones Seguro de marchamo del Grupo ASYS = 1 acción
- Tener el crédito activo y al día al momento del sorteo (en caso de participar mediante crédito).
- Una vez efectuado el pago, no se aceptarán anulaciones ni reembolsos relacionados con la transacción participante.
- El incumplimiento total o parcial de cualquiera de estos requisitos inhabilitará la participación del cliente en la promoción.
Mecánica del Sorteo
- El sorteo se realizará durante el mes de febrero de 2026, en presencia de un notario público, quien verificará la transparencia y aleatoriedad del procesos.
- Los ganadores serán seleccionados al azar entre los participantes válidamente registrados y se anunciarán mediante una transmisión en vivo por Facebook Live en la cuenta oficial de GOLLO Costa Rica.
Premios
Se rifarán los siguientes premios:
-Un automóvil Geely GX3 PRO 2026
-Dos motocicletas AK150CS3BE 2026
-Tres premios en efectivo de ₡500.000,00 (quinientos mil colones) cada uno.
Será un premio por persona ganadora, para un total de seis ganadores.
Los premios no son transferibles ni canjeables por dinero en efectivo, ni podrán sustituirse por otros bienes o servicios.
Entrega de Premios
- Los ganadores serán contactados por el personal autorizado de UNICOMER y contarán con ocho días naturales a partir de la notificación para presentarse a reclamar su premio en la tienda o lugar indicado.
- De no presentarse dentro del plazo indicado, el premio caducará automáticamente a favor de UNICOMER, sin que esto genere responsabilidad o compensación alguna.
- Para reclamar el premio, el ganador deberá:
- Presentar documento de identidad vigente.
- Acreditar que su crédito (si aplica) se encuentra al día.
- Firmar el acta de entrega correspondiente.
En caso de imposibilidad de presentarse personalmente, el ganador podrá autorizar a un tercero mediante poder especial notarial, acompañado de las copias de cédula del ganador y la persona autorizada.
Responsabilidad y Garantías
- UNICOMER se libera de toda responsabilidad por el uso, disfrute o destino final de los premios una vez entregados.
- Las garantías y mantenimientos de los vehículos deberán ser gestionados directamente por el ganador con la agencia distribuidora oficial correspondiente.
- UNICOMER podrá suspender o cancelar total o parcialmente la promoción en caso de detectar fraude, manipulación indebida, errores operativos o circunstancias de fuerza mayor, sin que esto genere derecho a reclamo o indemnización.
- Derechos de Imagen y Protección de Datos Personales.
- Los participantes y ganadores autorizan expresamente a UNICOMER el uso gratuito de su nombre, imagen, voz y fotografía en medios escritos, digitales, televisivos o redes sociales relacionados con la promoción, sin que esto implique remuneración alguna.
- Los datos personales recopilados serán tratados conforme a la Ley N.° 8968, Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, y se utilizarán únicamente para fines relacionados con la ejecución, control y divulgación de la promoción.
Restricciones y Limitaciones
1.No podrán participar:
- Personas menores de edad.
- Personas jurídicas.
- Colaboradores de UNICOMER, S.A.
- Personas con información incompleta, incorrecta o fraudulenta.
- Clientes que mantengan cuentas en mora o con algún atraso de pago con cualquiera de las marcas pertenecientes al Grupo UNICOMER (GOLLO, La Curacao u otras), al momento de la realización del sorteo.
2. El presente reglamento estará disponible para consulta en el sitio web oficial: https://www.gollo.com/terminos-y-condiciones-de-promociones
3. La participación en esta promoción implica la aceptación total de los términos y condiciones aquí establecidos.
Interpretación y Modificaciones
- Cualquier situación no prevista en este reglamento será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A., conforme a las leyes de la República de Costa Rica y a la Ley N.° 7472 de Defensa del Consumidor.
- UNICOMER se reserva el derecho de modificar este reglamento, agregar nuevas cláusulas o cancelar la promoción en cualquier momento, sin que esto genere derecho a indemnización o reclamo alguno por parte de los participantes.
Reglamento de la Campaña "¡Bono en Transporte con Emma Noviembre 2025!"
PROMOCION:
La presente promoción, denominada “¡BONO EN TRANSPORTE CON EMMA NOVIEMBRE 2025!”, consiste en otorgar a los clientes un bono aplicable al costo del transporte por las compras que cumplan con los requisitos establecidos en este reglamento.
PARTICIPANTES:
- Participan todas las personas mayores de edad que compren con EMMA en Gollo.com o Gollo App, compras igual o mayor a los ₡100 000,00 (cien mil colones), desde el día 26 de NOVIEMBRE y hasta el 30 de NOVIEMBRE 2025.
- No participan colaboradores de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A.
VIGENCIA:
La promoción aplica de la semana del día 26 NOVIEMBRE y hasta el 30 de NOVIEMBRE 2025
REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN:
- Participan de la promoción aquellas compras realizadas mediante el medio de pago EMMA, Gollo.com y Gollo App, cuyo monto sea igual o superior a ₡100.000,00 (cien mil colones).
- La promoción aplica de la semana del día 26 NOVIEMBRE y hasta el 30 de NOVIEMBRE 2025.
- El incumplimiento total o parcial de cualquiera de los requisitos anteriormente indicados inhabilitará automáticamente la participación del cliente en la presente promoción, sin lugar a reclamo alguno.
I. Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Participan todos los clientes que realicen compras superiores a cien mil colones exactos (₡100.000,00) con EMMA mediante gollo.com Y Gollo App, durante los días 26-27-28-29-30 de noviembre 2025.
Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones.
Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de EMMA o comunicarse a la línea 800-000-3662
II. Requisitos:
Para participar en la promoción aquí descrita los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito con Emma y las empresas que forman del Grupo de Unión Comercial de Costa Rica Unicomer S.A. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con Emma y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción, pues el medio de pago Emma verificará sus datos y el estado de sus facturas a crédito.
Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica S.A o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Emma considere pertinente.
El presente reglamento regula la promoción EXCLUSIVA para consumidores finales, en el cual se requiere la utilización de la línea de crédito Emma indicado en este reglamento como productos y servicios que participan en este beneficio, siempre y cuando el comercio afiliado en donde se realice la compra acepte Emma como medio de pago.
III- Resolución de conflictos:
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Reglamento de la Campaña "Tus Compras con Emma y Canales Digitales te llevan lejos"
Emma una marca de Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
PREMIOS:
Un certificado de viajes por $1000.
PROMOCION:
El beneficio será para todos los clientes que realicen compras con EMMA en Gollo.com y Gollo App y televentas, por un monto superior a los ₡150.000 colones durante el 01 al 30 de noviembre del 2025 y que cumplan con los requisitos expuestos en este reglamento. Entre más compras realicen más probabilidades tendrán de ganar y participarán en sorteo de Un certificado de viajes por $1000.
PARTICIPANTES:
Participan todas las personas mayores de edad que realicen compras con EMMA y que cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento.
VIGENCIA:
La promoción aplica del 1 al 30 de noviembre del 2025.
CLAUSULAS:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada “TUS COMPRAS CON EMMA Y CANALES DIGITALES TE LLEVAN LEJOS” la cual se regirá por las condiciones indicadas.
I. Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Participan todos los clientes que realicen compras con Emma en Gollo.com y Gollo App, televentas, durante el mes de noviembre. Por cada compra realizada superior a ciento cincuenta mil colones exactos (₡150.000,00), tendrá la oportunidad de participar en el sorteo de un certificado de viajes por $1,000.
El certificado de viaje debe ser canjeado por el ganador en un plazo no mayor a 90 días naturales contados a partir del 05 de diciembre de 2025, en: una sucursal física de Gollo, o al número de WhatsApp 6021 2689.
El ganador deberá indicar: Destino y configuración de viaje, este podrá incluir (Boletos, Hotel, Traslados, Tours, etc.) al menos 2 fechas tentativas de realización del viaje. En caso de elegir un destino internacional: se requiere foto de pasaporte de las personas que viajarán mismo deberá estar al día y con al menos 6 meses de vigencia a partir de la fecha elegida. En caso de elegir un destino nacional: se requiere foto de cedula de las personas que viajaran, misma debe estar legible y al día. En todos casos se solicitará Correo personal para él envió de la documentación Foto de Cedula Vigente y al día https://www.gollo.com/bicimoto-electrica-akt-e-one-negro-800-watts-0561010946/p
Para recibir el beneficio debe estar al día con el récord crediticio (histórico) con la compañía Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A, indistintamente de la Punto de venta y marca del establecimiento comercial donde se encuentra su obligación crediticia.
Queda total y absolutamente prohibida la participación en la promoción, de todo el personal del Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones.
Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de EMMA o comunicarse a la línea 800-000-3662
II. Requisitos
Para participar en la promoción aquí descrita los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito con Emma y las empresas que forman del Grupo de Unión Comercial de Costa Rica Unicomer S.A. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con Emma y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción, pues el medio de pago Emma verificará sus datos y el estado de sus facturas a crédito.
Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica S.A o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Emma considere pertinente.
El presente reglamento regula la promoción EXCLUSIVA para consumidores finales, en el cual se requiere la utilización de la línea de crédito Emma indicado en este reglamento como productos y servicios que participan en este beneficio, siempre y cuando el comercio afiliado en donde se realice la compra acepte Emma como medio de pago.
III- Resolución de conflictos:
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Reglamento de la Promoción "¡Bono en Transporte Noviembre 2025!"
Reglamento aplicable durante la vigencia de la promoción denominada “¡BONO EN TRANSPORTE NOVIEMBRE 2025!”, la cual es organizada por la sociedad UNIÓN COMERCIAL DE COSTA RICA UNICOMER, S.A., cédula jurídica número 3-101-074154, con domicilio en la ciudad de Alajuela. Esta promoción se regirá por lo dispuesto en este Reglamento, el numeral 5 del Código de Comercio, y todas las leyes y regulaciones vigentes en la República de Costa Rica, especialmente las relativas a la protección de los derechos de las personas consumidoras, conforme a la Ley N°7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, y su reglamentación. Asimismo, se regirá por las siguientes cláusulas:
Promoción
La presente promoción, denominada “¡BONO EN TRANSPORTE NOVIEMBRE 2025!”, consiste en otorgar a los clientes un bono aplicable al costo del transporte por las compras que cumplan con los requisitos establecidos en este reglamento.
Participantes
- Participan todas las personas mayores de edad que adquieran un crédito de “PRODUCTO en TODAS las categorías, igual o mayor a los ₡200 000,00 (doscientos mil colones), desde el día 24 NOVIEMBRE y hasta el 30 de NOVIEMBRE 2025, en cualquier punto de venta GOLLO – LA CURACAO y que cumplan con los requisitos expuestos en este reglamento.
- No participan colaboradores de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A.
Vigencia de la promoción: La promoción aplica de la semana del día 24 NOVIEMBRE y hasta el 30 de NOVIEMBRE 2025.
Requisitos de participación:
Participan de la promoción aquellas compras cuyo monto sea igual o superior a ₡200.000,00 (doscientos mil colones).
La compra deberá incluir la garantía extendida.
La promoción es válida para todas las categorías de productos disponibles en tienda.
La promoción aplica de la semana del día 24 NOVIEMBRE y hasta el 30 de NOVIEMBRE 2025.
El monto aprobado para cada cliente será determinado a discreción exclusiva de la tienda, conforme a sus políticas internas.
El incumplimiento total o parcial de cualquiera de los requisitos anteriormente indicados inhabilitará automáticamente la participación del cliente en la presente promoción, sin lugar a reclamo alguno.
Restricciones y limitaciones:
Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
Queda total y absolutamente prohibida la participación en la promoción, de todo el personal del Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A.
Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook y cualquier otra red social o medios en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook o llamar al número 800-0046556.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Instalación Básica Gratuita para Aires Acondicionados de 18,000 y 24,000 BTU marca Frigidaire
Mecánica: El cliente debe llamar al teléfono 4000-2829 para reclamar su instalación.
- Instalación básica incluye: 1) Mano de obra para instalación estándar (tubería básica incluida en la unidad) 2) Configuración e inicio de operación 3) Prueba de funcionamiento.
- Este servicio NO incluye: - Modificaciones en obra civil. - Instalación eléctrica (tableros, cableado, etc.) - Tirajes de cableado dentro de cielo rasos.
- Si el cliente tiene alguna necesidad adicional fuera del alcance mencionado, se podrá coordinar una cotización aparte según las especificaciones técnicas requeridas.
Fecha de promoción: Compras realizadas en Octubre y Noviembre
Modelos que aplican: 6094090060 (FAIE18F2MAHWW) y 6094090061(FAIE24F2MAHWW)
Fecha máxima para reclamo de la instalación: 15 de marzo, 2026.

Promociones EcomFest Octubre 2025
Las promociones serán exclusivas para compra online y los precios estarán vigentes únicamente en las fechas descritas, todos los clientes con compras mayores a 150 mil colones tendrán envío gratis, según Términos y Condiciones establecidas.
Los clientes tendrán la posibilidad de utilizar los siguientes cupones:
Exclusivo Categoria: Pantallas, 10% descuento adicional, compras mayores con 150 mil colones.
Exclusivo Categoria: Colchones, 10% descuento adicional, compras mayores con 150 mil colones. *No aplica para camas, bases de colchón y juegos de dormitorio.
Exclusivo Categoria: Laptops, 10% descuento adicional, compras mayores con 150 mil colones.
Exclusivo Categoria: Muebles, 10% descuento adicional, compras mayores con 150 mil colones. * No aplica para camas, bases de colchón y juegos de dormitorio.
Exclusivo Categoria: Celulares, 5 mil colones descuento adicional, compras mayores con 100 mil colones.
Promociones Nocturnas
Las promociones nocturnas de habilitarán de 6pm a 11:30 pm los días 7, 8, 9, 10, 21,22,23, 24 de Octubre del 2025.
El descuento se aplica únicamente en la web y el descuento se aplica automáticamente al agregar el producto al carrito, y los productos en promoción pueden variar sin previo aviso.
Promociones Microinfluenciadores en la plataforma Tiktokupon
A través de la plataforma de TikTok se estarán promocionando el uso de cupones promocionales los cuales podrás canjear al agregar el producto en el carrito de compras, los cupones a utilizar son los siguientes:
CUPÓN | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | MARCA | DESCUENTO |
PLANCHA DE CABELLO | 2501000080 | PLANCHA CABELLO NANO TITANIUM | BABY L | CUPÓN 20% DESCUENTO |
2501000082 | PLANCHA CABELLO | REVLON | CUPÓN 20% DESCUENTO | |
2501000066 | PLANCHA ALISADORA REMINGTON | REMING | CUPÓN 20% DESCUENTO | |
2501010175 | PLANCHA CABELLO | REMING | CUPÓN 20% DESCUENTO | |
2501000024 | PLANCHA CABELLO | REMING | CUPÓN 20% DESCUENTO | |
OLLA ARROCERA | 2006010030 | OLLA ARROCERA 15TZ | BLACK | CUPÓN 15% DESCUENTO |
2006010035 | OLLA ARROCERA 12TZ | OSTER | CUPÓN 15% DESCUENTO | |
2006010025 | OLLA ARROCERA 10TZ | BLACK | CUPÓN 15% DESCUENTO | |
2006010034 | OLLA ARROCERA 10TZ | OSTER | CUPÓN 15% DESCUENTO | |
2006020134 | OLLA ARROCERA 10TZ | BLACK | CUPÓN 15% DESCUENTO | |
SECADOR DE CABELLO | 2506010045 | CEPILLO SECADOR CABELLO | REVLON | CUPÓN 20% DESCUENTO |
2501000035 | CEPILLO SECADOR CABELLO | REMING | CUPÓN 20% DESCUENTO | |
2503040129 | SECADORA CABELLO 1875W | REMING | CUPÓN 20% DESCUENTO | |
2503010022 | SECADORA CABELLO 1900W | REMING | CUPÓN 20% DESCUENTO | |
LICUADORA | 2003010132 | LICUADORA 4 VELOCIDADES | NINJA | CUPÓN 15% DESCUENTO |
2003010100 | LICUADORA ICE CRUSH | BLACK | CUPÓN 15% DESCUENTO | |
2003010052 | LICUADORA 550W | BLACK | CUPÓN 15% DESCUENTO | |
2003010101 | LICUADORA ICE CRUSH | BLACK | CUPÓN 15% DESCUENTO | |
2003010095 | LICUADORA | BLACK | CUPÓN 15% DESCUENTO | |
2003010106 | LICUADORA ICE CRUSH BLANCA | BLACK | CUPÓN 15% DESCUENTO | |
PLANCHA ROPA | 2035010034 | PLANCHA VAPOR VERTICAL 1400W | BLACK | CUPÓN 20% DESCUENTO |
2035010070 | PLANCHA GOLPE DE VAPOR | BLACK | CUPÓN 20% DESCUENTO | |
2035010041 | PLANCHA VAPOR 1200W | BLACK | CUPÓN 20% DESCUENTO | |
2035010045 | PLANCHA VAPOR 1200W | OSTER | CUPÓN 20% DESCUENTO | |
AUDIFONOS GAMMER | 9208010339 | AUDÍFONOS HEADBAND | SONY | CUPÓN 15% ADICIONAL |
9208010340 | AUDÍFONOS HEADBAND | SONY | CUPÓN 15% ADICIONAL | |
PARLANTES | TODOS | PARLANTES | JBL | CUPÓN 20% DESCUENTO |
POWER BANK | 3704060003 | BATERIA RESPALDO 20K MAH PD18W | RADIOSHACK | CUPÓN 30% DESCUENTO |
REGLAMENTO CAMPAÑA “EMMA Y CANALES DIGITALES TE LLEVAN SOBRE RUEDAS”
Emma una marca de Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
PREMIOS:
PROMOCION:
El beneficio será para todos los clientes que realicen compras con EMMA en Gollo.com y Gollo App, por un monto superior a los ₡100,000 colones durante el 01 al 31 de octubre 2025 y que cumplan con los requisitos expuestos en este reglamento. Entre más compras realicen más probabilidades tendrán de ganar y participarán en sorteo de una Bicimoto eléctrica AKT E-ONE.
PARTICIPANTES:
Participan todas las personas mayores de edad que realicen compras con EMMA y que cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento.
VIGENCIA:
La promoción aplica del 1 al 31 de octubre del 2025.
CLAUSULAS:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada “EMMA Y CANALES DIGITALES TE LLEVAN SOBRE RUEDAS” la cual se regirá por las condiciones indicadas.
I. Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Participan todos los clientes que realicen compras con Emma en Gollo.com y Gollo App, durante el mes de octubre. Por cada compra realizada superior a cien mil colones exactos (₡100.000,00), tendrá la oportunidad de participar en el sorteo de una Bicimoto eléctrica AKT E-ONE.
Para recibir el beneficio debe estar al día con el récord crediticio (histórico) con la compañía Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A, indistintamente de la Punto de venta y marca del establecimiento comercial donde se encuentra su obligación crediticia.
Queda total y absolutamente prohibida la participación en la promoción, de todo el personal del Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones.
Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de EMMA o comunicarse a la línea 800-000-3662
II. Requisitos:
Para participar en la promoción aquí descrita los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito con Emma y las empresas que forman del Grupo de Unión Comercial de Costa Rica Unicomer S.A. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con Emma y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción, pues el medio de pago Emma verificará sus datos y el estado de sus facturas a crédito.
Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica S.A o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Emma considere pertinente.
El presente reglamento regula la promoción EXCLUSIVA para consumidores finales, en el cual se requiere la utilización de la línea de crédito Emma indicado en este reglamento como productos y servicios que participan en este beneficio, siempre y cuando el comercio afiliado en donde se realice la compra acepte Emma como medio de pago.
III- Resolución de conflictos:
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
REGLAMENTO CAMPAÑA BORRA SALDOS EMMA-TELEVENTAS
Emma una marca de Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-074154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
PREMIOS:
2 borra saldos de ₡100,000.00 (cien mil colones), aplicable en cualquiera de las cuentas activas.
PROMOCION:
El beneficio será para todos los clientes que realicen compras con EMMA en Unicomer por medio de venta asistida por WhatsApp (Televentas), durante el mes de octubre 2025 y que cumplan con los requisitos expuestos en este reglamento, tendrán la oportunidad de ganar uno de los dos borras saldos de ₡100,000.00 (cien mil colones). Entre más compras realicen más probabilidades tendrán de ganar.
PARTICIPANTES:
Participan todas las personas mayores de edad que realicen compras con EMMA en Unicomer por medio de venta asistida por WhatsApp (Televentas), y que cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento.
VIGENCIA:
La promoción aplica del 1 al 31 de octubre del 2025.
CLAUSULAS:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada "BORRA SALDOS EMMA " la cual se regirá por las condiciones indicadas.
I. Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Participan todos los clientes que realicen compras mínimas de ₡100,000.00 (cien mil colones) con EMMA en Unicomer mediante venta asistida por WhatsApp (Televentas) durante el mes de octubre 2025.
Por cada compra realizada con un mínimo de ₡100,000.00 (cien mil colones) con EMMA en Unicomer mediante venta asistida por WhatsApp (Televentas) durante el mes de octubre 2025, acumularán una acción electrónica, entre más compras realicen los clientes más probabilidades tendrán de ganar, y quedarán participando en el sorteo.
El ganador debe ser mayor de edad.
Estar al día con el récord crediticio (histórico) con la compañía Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., indistintamente de la Punto de venta y marca del establecimiento comercial donde se encuentra su obligación crediticia.
Tener actualizados los datos en la base de datos de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
En caso de que la cuenta activa sea menor al monto de (₡100,000) cien mil colones netos, únicamente se cancela la deuda, no se hará entrega de la diferencia entre el saldo de la cuenta y los cien mil colones.
En caso de que la cuenta activa sea mayos a los de (₡100,000) cien mil colones netos, únicamente se aplica a su cuenta el monto de (₡100,000) cien mil colones exactos, por lo que deberá seguir con el pago normal de la obligación hasta cancelar el saldo pendiente.
En caso de incumplimiento parcial o total de los anteriores requisitos, el premio será nulo y Emma podrá disponer de él.
Se elegirá un único ganador al azar por medio de una aplicación de sorteos, entre todos los que cumplieran con los requisitos.
El sorteo se realizará en oficinas centrales de EMMA en el Coyol de Alajuela, en compañía de un notario público, el 05 de noviembre del 2025.
A partir de la fecha de contestación del ganador, el mismo tendrá tendrán 8 días naturales para presentarse a la tienda acordada de Unicomer y presentar el documento de identidad o bien comunicarse al Teléfono: +506 800 000 3662 para coordinar cualquier cambio en la entrega del premio. Al expirar el plazo, el premio caducará a favor de EMMA, que se libera de toda responsabilidad por la inacción del ganador.
Si el ganador no cumple con los requisitos o no se presenta con el documento de identidad favorecido en el lapso y lugar establecido, EMMA dispondrá del premio a su conveniencia.
Todos los participantes aceptan libremente y autorizan que, su nombre, imagen y fotografía relacionada con la entrega del premio y en general los derechos de su imagen aparezcan en medios de comunicación escritos, televisivos y redes sociales, sin que ello implique remuneración o compensación adicional; renunciando al cobro de derechos de imagen por ese concepto.
El ganador para reclamar el premio debe presentar la cedula de identidad.
El ganador o ganadora será el único responsable por el uso, manejo y disfrute del bien adquirido con motivo del presente sorteo.
Unicomer no se hacen responsables por el uso o disposición que el ganador o ganadora o sus beneficiarios le den al premio y tampoco asumen ninguna responsabilidad por cualquier accidente, daño, lesiones o muerte que se produzca por el uso, manejo o disfrute de este así mismo no se hace responsable por cualquier accidente o lesión que pueda sufrir el ganador o ganadora cuando se traslade a hacer reclamo de premio.
En caso de que el ganador no pueda asistir a retirar su premio, deberá autorizar a otra persona para hacer efectivo el premio por medio de un poder especial otorgado ante un notario público y sus respectivas fotocopias de sus documentos de identidad.
Los ganadores serán informados y notificados directamente a los números y correos registrados en Grupo UNICOMER.
Los ganadores serán informados y notificados directamente a los números y correos registrados en Grupo UNICOMER.
Restricciones y limitaciones:
Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
Queda total y absolutamente prohibida la participación en la promoción, de todo el personal del Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones.
Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook y cualquier otra red social o medios de EMMA, en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Emma, una marca de Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. es un intermediario financiero, se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos que deben cumplir las fotografías. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas. Sin embargo, la publicación de las fotos no implica la certificación por parte de la empresa del cumplimiento de los requisitos y condiciones, siendo el cumplimiento de éstos, de exclusiva responsabilidad de los participantes.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento de la promoción.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de EMMA o comunicarse a la línea 800-000-3662
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Mientras no exista una modificación al presente reglamento. Cualquier modificación será publicada como parte de las reformas a este Reglamento y estará disponible en www.emmapay.com,pero en ningún momento será necesario notificar individualmente a los clientes Emma.
II. Requisitos:
Para participar en dicha dinámica y sorteo aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito con Emma y las empresas que forman del Grupo de Unión Comercial de Costa Rica Unicomer S.A. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con Emma y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción, pues el medio de pago Emma verificará sus datos y el estado de sus facturas a crédito.
Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica S.A o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Emma considere pertinente.
El presente reglamento regula una dinámica y sorteo EXCLUSIVO para consumidores finales, en el cual se requiere la utilización de la línea de crédito Emma indicado en este reglamento como productos y servicios que participan en este beneficio, siempre y cuando el comercio afiliado en donde se realice la compra acepte Emma como medio de pago.
III- Resolución de conflictos:
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Reglamento de la Promoción "¡Bono en Transporte Octubre 2025!"
Reglamento aplicable durante la vigencia de la promoción denominada “¡BONO EN TRANSPORTE OCTUBRE 2025!”, la cual es organizada por la sociedad UNIÓN COMERCIAL DE COSTA RICA UNICOMER, S.A., cédula jurídica número 3-101-074154, con domicilio en la ciudad de Alajuela. Esta promoción se regirá por lo dispuesto en este Reglamento, el numeral 5 del Código de Comercio, y todas las leyes y regulaciones vigentes en la República de Costa Rica, especialmente las relativas a la protección de los derechos de las personas consumidoras, conforme a la Ley N°7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, y su reglamentación. Asimismo, se regirá por las siguientes cláusulas:
Promoción
La presente promoción, denominada “¡BONO EN TRANSPORTE OCTUBRE 2025!”, consiste en otorgar a los clientes un bono aplicable al costo del transporte por las compras que cumplan con los requisitos establecidos en este reglamento.
Participantes
- Participan todas las personas mayores de edad que adquieran un crédito de “PRODUCTO en TODAS las categorías, igual o mayor a los ₡200 000,00 (doscientos mil colones), desde el día 13 OCTUBRE y hasta el 20 de OCTUBRE 2025, en cualquier punto de venta GOLLO – LA CURACAO y que cumplan con los requisitos expuestos en este reglamento.
- No participan colaboradores de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A.
Vigencia de la promoción: La promoción aplica de la semana del día 13 OCTUBRE y hasta el 20 de OCTUBRE 2025.
Requisitos de participación:
- Participan de la promoción aquellas compras cuyo monto sea igual o superior a ₡200.000,00 (doscientos mil colones).
- La compra deberá incluir la garantía extendida.
- La promoción es válida para todas las categorías de productos disponibles en tienda.
- La promoción aplica de la semana del día 13 OCTUBRE y hasta el 20 de OCTUBRE 2025.
- El monto aprobado para cada cliente será determinado a discreción exclusiva de la tienda, conforme a sus políticas internas.
- El incumplimiento total o parcial de cualquiera de los requisitos anteriormente indicados inhabilitará automáticamente la participación del cliente en la presente promoción, sin lugar a reclamo alguno.
Restricciones y limitaciones:
- Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
- Queda total y absolutamente prohibida la participación en la promoción, de todo el personal del Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A.
- Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
- Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook y cualquier otra red social o medios en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
- Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
- Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
- Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
- Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
- Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
- Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook o llamar al número 800-0046556.
- Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
FE DE ERRATAS
Gollo, Unión Comercial de Costa Rica S.A, hace constar que en medios digitales (Gollo.com, Gollo App y WhatsApp 8304-6556) el 17 de septiembre del 2025, se publicó el Teléfono celular Samsung, modelo FLIPFE 8GB 256GB NE, código 5003020066 con una regalia de unos BUNDLE con el precio erróneo de ₡136.075 se hace la aclaración que el precio correcto es de ₡544.900
Preventa Iphone 17
¡La nueva generación ya está aquí! Asegurá tu Iphone 17 en nuestra preventa exclusiva del 15 de setiembre al 1 de Octubre del 2025 en Gollo.
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Reglamento de la promoción "¡Sí o sí te Llevamos al Mundial con tu Préstamo de Dinero en Efectivo 2025!"
Como marco normativo se emite durante la vigencia de la promoción “¡SÍ O SÍ TE LLEVAMOS AL MUNDIAL! CON TU PRESTAMO DE DINERO EN EFECTIVO 2025” la marca GRUPO UNICOMER, con la razón social UNION COMERCIAL DE COSTA RICA UNICOMER, S.A. cédula jurídica número 3-101-074154 domiciliada en la cuidad de Heredia, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia, el presente Reglamento y las siguientes cláusulas:
1. Vigencia.
1.1. Promoción válida del 01 de septiembre al 30 de noviembre de 2025.
2. Participantes. Podrán participar personas mayores de edad que, durante el período promocional:
2.1. Obtengan un préstamo en efectivo igual o superior a ₡400.000,00 (cuatrocientos mil colones) en puntos de venta Gollo, La Curacao, RadioShack, Servitotal, tiendas Gollo Efectivo o en línea en www.gollo.com
2.2. Se encuentren al día con su récord crediticio.
2.3. Tengan actualizados sus datos con UNICOMER.
2.4. Presenten su cédula vigente y en buen estado.
2.5. No participan colaboradores de UNICOMER S.A.
3. Elección del Ganador.
3.1. Se realizará un sorteo aleatorio entre los participantes que cumplan los requisitos.
3.2. El sorteo será entre el 01 y el 15 de diciembre de 2025, en oficinas centrales de UNICOMER, ante notario público.
4. Premio. Un viaje al Mundial 2026 para dos personas, para asistir a 1 partido de Costa Rica, que incluye:
4.1. Boletos aéreos San José – México, EE.UU. o Canadá – San José.
4.2. Tres noches de hospedaje en hotel categoría turista (La Quinta Inn, Holiday Inn Express o similar).
4.3. Desayunos, traslados (aeropuerto–hotel–aeropuerto y hacia el estadio según el partido correspondiente), entrada categoría 3 al partido, camiseta oficial de La Sele, tarjeta de asistencia de viaje e impuestos incluidos (IVA 13%).
4.4. No incluye: Gastos adicionales no especificados, servicios opcionales, seguros de cancelación, trámites migratorios ni equipaje adicional.
5. Requisitos para reclamar el premio:
5.1 Ser mayor de edad y presentar documento de identidad vigente.
5.2. El cliente deberá mantenerse al día con su historial crediticio ante la empresa Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A., independientemente del punto de venta o la marca del establecimiento comercial donde se haya originado la obligación crediticia.
5.3. El ganador será responsable por el uso y disfrute del premio. UNICOMER no se hace responsable por accidentes, pérdidas o eventos ocurridos durante o en relación con el viaje.
6. Caducidad del premio.
6.1 El ganador tendrá 8 días naturales para reclamar el premio desde la notificación. En caso de no hacerlo, el premio se reasignará mediante nuevo sorteo.
7. Derechos de Imagen.
7.1. Los participantes autorizan a UNICOMER para usar su nombre e imagen con fines publicitarios sin compensación adicional.
8. Condiciones del viaje y paquete.
8.1. Pasaportes, visas y vacunas son responsabilidad exclusiva del ganador.
8.2. El itinerario final se comunicará el 31 de enero de 2026.
8.3. Equipaje permitido: 1 maleta de 23 kg y 1 de 10 kg.
8.4. No se permite equipaje adicional.
8.5. No se permite reembolso o cambio del premio.
8.6. Es responsabilidad exclusiva del GANADOR gestionar y garantizar su salida del país, en caso de existir pensiones alimentarias pendientes, impedimentos legales de salida, autorizaciones de salida para menores de edad u otras restricciones migratorias. Cada GANADOR deberá resolver su situación ante las autoridades competentes y confirmar que dichos impedimentos han sido debidamente levantados antes del viaje.
8.7. UNICOMER actúa como intermediario de los servicios y no se responsabiliza por fallas de proveedores, cambios de itinerario, retrasos o eventos fuera de su control (clima, huelgas, etc.).
8.8. UNICOMER se reserva el derecho de cancelar o modificar el itinerario si las circunstancias así lo requieren, incluyendo la sustitución de hoteles u otros servicios cuando sea necesario. La aerolínea será responsable del equipaje durante los vuelos; si el peso del equipaje excede el límite permitido, el pasajero asumirá el costo correspondiente.
8.9. El GANADOR acepta eximir a UNICOMER de toda responsabilidad relacionada con la gestión y contratación de los servicios incluidos en el premio, y entiende que cualquier reclamación por daños o perjuicios deberá realizarse directamente ante los proveedores correspondientes. En los casos en que la responsabilidad de UNICOMER no pueda ser excluida por ley, esta se limitará al valor del servicio contratado que haya originado la disputa.
9. Restricciones.
9.1. No participan menores de edad, personas jurídicas, ni empleados de UNICOMER.
9.2. La promoción puede suspenderse en caso de fraude, fuerza mayor o causas externas, sin obligación de indemnización.
9.3. Participar implica aceptación de todas las condiciones aquí expuestas.
9.4. Cualquier situación no contemplada en el presente reglamento será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., conforme a lo establecido por las leyes vigentes de la República de Costa Rica.
9.5. UNICOMER se reserva el derecho de modificar el reglamento, previo aviso público, y resolver cualquier situación no prevista conforme a la legislación vigente en Costa Rica.
10. Información y consultas.
Teléfono: 800-0046556
Facebook: Mensaje privado en el perfil oficial.
Reglamento de la promoción "¡Bono en Transporte Septiembre 2025!"
Reglamento aplicable durante la vigencia de la promoción denominada “¡BONO EN TRANSPORTE AGOSTO 2025!”, la cual es organizada por la sociedad UNIÓN COMERCIAL DE COSTA RICA UNICOMER, S.A., cédula jurídica número 3-101-074154, con domicilio en la ciudad de Alajuela. Esta promoción se regirá por lo dispuesto en este Reglamento, el numeral 5 del Código de Comercio, y todas las leyes y regulaciones vigentes en la República de Costa Rica, especialmente las relativas a la protección de los derechos de las personas consumidoras, conforme a la Ley N°7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, y su reglamentación. Asimismo, se regirá por las siguientes cláusulas:
Promoción
La presente promoción, denominada “¡BONO EN TRANSPORTE SEPTIEMBRE 2025!”, consiste en otorgar a los clientes un bono aplicable al costo del transporte por las compras que cumplan con los requisitos establecidos en este reglamento.
Participantes
- Participan todas las personas mayores de edad que adquieran un crédito de “PRODUCTO en TODAS las categorías, igual o mayor a los ₡200.000,00 (doscientos mil colones), desde el día 10 SEPTIEMBRE y hasta el 17 de SEPTIEMBRE 2025, en cualquier punto de venta GOLLO – LA CURACAO y que cumplan con los requisitos expuestos en este reglamento.
- No participan colaboradores de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A.
Vigencia de la promoción:
La promoción aplica de la semana del 10 de SEPTIEMBRE al 17 de SEPTIEMRBE 2025.
Requisitos de participación:
Participan de la promoción aquellas compras cuyo monto sea igual o superior a ₡200.000,00 (doscientos mil colones).
La compra deberá incluir la garantía extendida.
La promoción es válida para todas las categorías de productos disponibles en tienda.
La promoción aplica de la semana del 10 de SEPTIEMBRE al 17 de SEPTIEMBRE 2025.
El monto aprobado para cada cliente será determinado a discreción exclusiva de la tienda, conforme a sus políticas internas.
El incumplimiento total o parcial de cualquiera de los requisitos anteriormente indicados inhabilitará automáticamente la participación del cliente en la presente promoción, sin lugar a reclamo alguno.
Restricciones y limitaciones:
Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
Queda total y absolutamente prohibida la participación en la promoción, de todo el personal del Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A.
Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook y cualquier otra red social o medios en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook o llamar al número 800-0046556.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Reglamento de la promoción "POR SI NO TE ESCUCHARON"
Como marco normativo se emite durante la vigencia de la promoción “Por si no te escucharon” de la marca GOLLO con la razón social UNION COMERCIAL DE COSTA RICA, UNICOMER S.A cédula jurídica número 3-101- 74154 domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia, emite el presente Reglamento y las siguientes cláusulas:
EMPRESA
Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101- 74154-08 lanza la promoción “Por si no te escucharon” la cual está dirigida exclusivamente para las Tienda Gollo ubicada en Zapote.
PARTICIPANTES
Participan únicamente personas mujeres madres, mayores de 18 años con un documento de identificación vigente y en buen estado o pasaporte al día y en buen estado autorizado en la República de Costa Rica.
No participan colaboradores de UNICOMER S.A ni cualquiera de sus subsidiarias hasta tercer grado de consanguinidad.
DINÁMICA DE LA PROMOCIÓN
La dinámica de la Promoción consiste en que las primeras 15 mamás que lleguen a la tienda Gollo Zapote y lleven el regalo que nos les gustó que le dieron por su Día de la Madre reciben una orden de compra de Gollo por el monto de 50mil colones cada una. Únicamente el día lunes 18 de agosto del 2025.
MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
Durante el día lunes 18 de agosto las primeras madres que lleguen a la tienda Gollo Zapote deben de:
Mostrar el regalo que le dieron por la celebración del Día de la Madre que no les gustó.
Solo participan las primeras 15 madres en llegar a la tienda Gollo Zapote.
Cada madre participante (de las primeras 15 en llegar a la tienda) recibirá una orden de compra por 50.000 colones cada una. La orden debe de ser canjeada en el mismo momento que la recibe, solo por el día lunes 18 de agosto del 2025 será válida la orden de compra para canje en la tienda.
CONDICIONES Y RESTRICCIONES
La promoción aplica únicamente a las primeras 15 personas madres que lleguen a la tienda Gollo Zapote en su horario regular.
No aplica más de una orden de compra por persona.
La orden de compra es válida para su canje solo por el día lunes 18 de agosto del 2025 y solamente en la tienda Gollo Zapote.
En caso de el cliente quiera comprar un artículo de mayor monto al de la orden de compra y requiere financiamiento para el monto diferencial al de 50.000 colones (monto de la orden de compra) el financiamiento dependerá si es sujeto de crédito conforme a los criterios del estudio crediticio de Gollo.
Gollo no se hace responsable si el cliente no califica para crédito.
El descuento no es acumulable con otras promociones, rebajas o descuentos vigentes.
La orden de compra no es transferible a otras personas.
La tienda se reserva el derecho de verificar la publicación en redes sociales antes de hacer válida la promoción.
RESPONSABILIDAD Y USO DE IMAGEN
Al participar, los usuarios autorizan a Gollo para el uso gratuito de su imagen, voz y nombre en materiales promocionales, transmisiones, redes sociales y publicidad relacionada con la campaña, sin compensación adicional.
FACULTADES DEL ORGANIZADOR
El organizador podrá modificar, suspender o cancelar la promoción sin previo aviso en caso de fuerza mayor, hechos fortuitos o situaciones que alteren el desarrollo normal de la dinámica.
Cualquier intento de fraude, mal uso de la promoción, o incumplimiento de estas bases dará lugar a la descalificación inmediata del participante y pérdida de derechos sobre el beneficio.
Grupo Unicomer SA no se hace responsable de las desaveniencias físicas o mecánicas en que deriven los participantes por obtener la presente Promoción.
LIMITACIONES
Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
Por las pagina oficial de Facebook Gollo se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Unión Comercial de Costa Rica, S.A se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los clientes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook de Gollo, en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, S.A se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Para mayor información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de Gollo o llamar al número 800-00-46556.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Reglamento de la promoción "¡BONO EN TRANSPORTE AGOSTO 2025"
Promoción
La presente promoción, denominada “¡BONO EN TRANSPORTE AGOSTO 2025!”, consiste en otorgar a los clientes un bono aplicable al costo del transporte por las compras que cumplan con los requisitos establecidos en este reglamento.
Participantes
Participan todas las personas mayores de edad que adquieran un crédito de “PRODUCTO en TODAS las categorías, igual o mayor a los ₡200 000,00 (doscientos mil colones), desde el día 11 AGOSTO y hasta el 18 de AGOSTO 2025, en cualquier punto de venta GOLLO – LA CURACAO – y que cumplan con los requisitos expuestos en este reglamento.
No participan colaboradores de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A.
Vigencia de la promoción:
La promoción aplica de la semana del 11 de AGOSTO al 18 de AGOSTO 2025.
Requisitos de participación:
Participan de la promoción aquellas compras cuyo monto sea igual o superior a ₡200.000,00 (doscientos mil colones).
La compra deberá incluir la garantía extendida.
La promoción es válida para todas las categorías de productos disponibles en tienda.
La promoción aplica de la semana del 11 de AGOSTO al 18 de AGOSTO 2025.
El monto aprobado para cada cliente será determinado a discreción exclusiva de la tienda, conforme a sus políticas internas.
El incumplimiento total o parcial de cualquiera de los requisitos anteriormente indicados inhabilitará automáticamente la participación del cliente en la presente promoción, sin lugar a reclamo alguno.
Restricciones y limitaciones:
Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
Queda total y absolutamente prohibida la participación en la promoción, de todo el personal del Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A.
Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook y cualquier otra red social o medios en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook o llamar al número 800-0046556.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas
Reglamento de la promoción "1 CUOTA GRATIS AGOSTO 2025"
Reglamento aplicable durante la vigencia de la promoción denominada “¡MONTO DE TRANSPORTE AGOSTO 2025!”, la cual es organizada por la sociedad UNIÓN COMER-CIAL DE COSTA RICA UNICOMER, S.A., cédula jurídica número 3-101-074154, con domicilio en la ciudad de Alajuela. Esta promoción se regirá por lo dispuesto en este Reglamento, el numeral 5 del Código de Comercio, y todas las leyes y regulaciones vigentes en la República de Costa Rica, especialmente las relativas a la protección de los derechos de las personas consumidoras, conforme a la Ley N°7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, y su reglamentación. Asimismo, se regirá por las siguientes cláusulas:
Promoción
La presente promoción, denominada “1 CUOTA GRATIS AGOSTO 2025”, tiene por objeto otorgar a los clientes el beneficio de la exoneración del pago de una cuota del crédito, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el presente reglamento.
Participantes
Participan todas las personas mayores de edad que adquieran un crédito de “PRODUCTO – VIAJE” igual o mayor a los ₡200 000,00 (doscientos mil colones) desde el día 11 de AGOSTO al 17 de AGOSTO 2025, en cualquier punto de venta GOLLO – LA CURACAO – RADIOSHACK – SERVITOTAL y que cumplan con los requisitos expuestos en este reglamento.
No participan colaboradores de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
Vigencia de la promoción:
La promoción aplica del 11 de AGOSTO al 17 de AGOSTO 2025.
Requisitos de participación:
Podrán participar únicamente las compras iguales o superiores a ₡200.000,00 (doscientos mil colones).
Las compras deberán realizarse del 11 al 17 de agosto de 2025.
Para hacer válido el canje de la cuota exonerada, el cliente no deberá registrar ningún atraso en los pagos correspondientes de las cuentas que mantenga con Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER, S.A.
El plazo mínimo de financiamiento será de 18 meses.
Se otorgará únicamente una cuota por cliente.
El canje de la cuota se realizará una vez que el cliente haya cumplido con el pago de 12 cuotas.
El incumplimiento total o parcial de cualquiera de los requisitos anteriores implicará la exclusión automática de la promoción.
Restricciones y limitaciones:
Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
Queda total y absolutamente prohibida la participación en la promoción, de todo el personal del Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook y cualquier otra red social o medios en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook o llamar al número 800-0046556.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas
Envío Gratis del 25 al 31 de julio de 2025.
Aplica para compras en línea en www.Gollo.com por un monto mínimo de 150 mil colones.
¡Cupón de FESTIVAL con ₡5.000 de descuento!
- Válido para compras en Gollo.com del 18 de Julio al 31 de Agosto del 2025.
- El cupón se otorga a clientes que realizaron su compra en gollo.com
- Aplica únicamente para productos de la categoría de muebles, colchones y electrodomésticos.
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Modelos disponibles en preventa:
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Entregas programadas:
A partir del Viernes 25 de julio del 2025, nuestro Centro de Distribución y Call Center se encargará de coordinar la entrega con cada cliente.
Para canjear los cupones de regalo en la segunda compra pueden ser canjeados únicamente mediante WhatsApp.
- Fold: Cupón de 2nda Compra de ₡75.000
- Flip & Flip Fe: Cupón de 2nda Compra de ₡25.000
REGLAMENTO NEGOCIOS DIGITALES SORTEA UN CARRO
PREMIO: Sorteo de un Automóvil para Mamá marca Geely, modelo: modelo: GX3 Pro en color blanco, año 2025.
PROMOCIÓN: GOLLO, realiza la dinámica del “Sorteo de un Automóvil para Mamá marca Geely, modelo: modelo: GX3 Pro en color blanco, año 2025”, el cual consiste en un sorteo entre los clientes que realicen sus compras iguales o mayores a CIEN MIL COLONES (₡100.000,00), en productos de las marcas patrocinadoras que son: HONOR, Sony, Mabe, Lenovo y Xiaomi, en Gollo App, Gollo.com, Radioshack CR y Televentas – Whatsapp. Este reglamento rige a partir del 15 de Julio del 2025.
CLAUSULAS:
Cláusula primera. Mecanismo de participación al sorteo de un automóvil del año 2024 marca Geely, modelo: GX3 Pro en color blanco.
El sorteo se realizará el 6 de setiembre del 2025.
El periodo por considerar para la realización del sorteo del premio es del 15 de Julio al 31 de Agosto de 2025, con las compras realizadas por los clientes que cumplan con los requisitos del presente reglamento.
El monto de compra mínima es de a CIEN MIL COLONES (₡100.000,00) sobre los productos de las marcas patrocinadoras únicamente.
No participan colaboradores de Unión comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A.
Se coordinará con el ganador para hacer formal la entrega del premio en las Oficinas Centrales de Grupo UNICOMER–GOLLO en una reunión privada junto con las marcas patrocinadoras, se tomarán fotos y contenido que serán subidos a las redes sociales de GOLLO.
GOLLO tendrá 7 días para entregar el premio, según los tiempos del proveedor del automóvil para las respectivas gestiones y papeleo que se debe incurrir cuando se tenga el ganador.
El Premio se entregará a la persona a nombre de quien se facturo la compra ganadora.
Si el ganador no envía su información durante el mes siguiente una vez notificado, perderá su derecho al premio y Gollo podrá disponer del mismo.
Los ganadores serán informados y notificados directamente a los números y correos registrados en Grupo UNICOMER.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento de la promoción.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de GOLLO o comunicarse a la línea 800-00-46556.
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Mientras no exista una modificación al presente reglamento. Cualquier modificación será publicada como parte de las reformas a este Reglamento y estará disponible en gollo.com,pero en ningún momento será necesario notificar individualmente a los clientes GOLLO.
Cláusula segunda. Derechos de imagen:
Todos los participantes autorizan el uso del diseño, la publicación de información personal, fotografías y videos necesarios para propaganda y difusión del concurso por medio de Redes Sociales, televisión.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. (GOLLO), en estricto apego a las leyes de La República.
Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente concurso. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook Gollo Costa Rica.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. no se hace responsable por accidentes o incidentes que pudiera sufrir los ganadores cuando se trasladen hacia el lugar, durante y después del retiro del premio.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
Cláusula tercera: Requisitos:
Para participar en dicha dinámica y sorteo aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito con GOLLO y las empresas que forman del Grupo UNICOMER. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con GOLLO y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción, pues se verificarán sus datos y el estado de sus facturas a crédito.
Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que GOLLO considere pertinente.
El presente reglamento regula una dinámica y sorteo EXCLUSIVO para consumidores finales, en el cual se requiere realizar la compra por el monto mínimo establecido y de las marcas que se establecen en este reglamento.
Cláusula cuarta. Resolución de Conflictos:
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí́ expresadas.
Condiciones para el armando de muebles a Domicilio
Aplica únicamente para los siguientes muebles:
- Ropero código 4212010094
- Módulo de cocina código 4103010174.
ENTREGAS GAM: El costo del armado está incluido, zonas donde se puede realizar el armado:
Alajuela: Alajuela, San José, Carrizal, San Antonio, La Guácima, San Isidro, Sabanilla, San Rafael, Río Segundo, Desamparados Turrúcares Tambor y La Garita
Excepto: El infiernillo, Urb. La Langosta, El Erizo, Las Gradas, La Candela.
Heredia: Heredia, Mercedes, San Francisco, Ulloa, Vara blanca, Barva, San Pedro, San Pablo, San Roque, Santa Lucía, San José de la Montaña, Santo Domingo, San Vicente, San Miguel, Paracito, Santo Tomás, Santa Rosa, Tures, Pará, Santa Bárbara, San Pedro, San Juan, Jesús, Santo Domingo, Purabá, San Rafael, San Josecito, Santiago, Ángeles, Concepción, San Isidro, San José, Concepción, San Francisco, San Antonio, La Ribera, La Asunción, San Joaquín, Barrantes, Llorente, San Pablo, Rincón de Sabanilla
Excepto: Guararí, San Francisco, Bajo Los Molinos, San Rafael.
San José: Carmen, Merced, Hospital, Catedral, Zapote, San Francisco de Dos Ríos, Uruca, Mata Redonda, Pavas, Hatillo y San Sebastián.
Excepto: Barrio Lomas del Ocloro, Cristo Rey, 25 de Julio , Barrio Sagrada Familia, Las Gavetas, Corazón de Jesus, El Pochote, Las Gradas, Finca San Juan, Urb. Lomas del Rio, Bajo la Puñalada, Precario Gracias a Dios no nos vamos al rio, Mojados, Barrio de la Peregrina, Reina de los Angeles, La Carpio, Barrio Anonos Calle la Quebrada, 25 de Diciembre, La Mandarinas, Las Tablas, 1 de Mayo, Nazareno, Alemania Unida, El Tejar, Bajo Las Gavetas, Joaquín Garcia Monge, Precario el Jazmin, Precario Los Pinos, Urb. Juan Rafael Mora, Urb. Tejarcillos, Garabito, Colonia Kennedy, Tirrases, Leon XIII, Precario Barrio Nuevo, Lomas de Cocori y Los Chiles.
Cartago: Occidental, Carmen San Nicolás, Aguascalientes, Guadalupe, Corralillo, Tierra Blanca, Dulce Nombre, Llano Grande, Quebradilla, Paraíso, Santiago, Orosi, Cachí, Llanos de Santa Lucía, Birrisito, Tres Ríos, San Diego, San Juan, San Rafael, Concepción, Dulce Nombre, San Ramón, Río Azul.
Excepto: San Vicente, La Unión. San Diego, La Unión. La Jenny, La Unión, Carmen Lyra, Calle Garita, Calle Las Lomas, Calle Los Olmos, Los Diques, Coris.
ENTREGAS FUERA DE GAM: El costo adicional, que se detalla a continuación:
Para entrega de pedidos fuera de GAM, el cliente debe de asumir el costo, el cual tendrá un valor ₡114 289 aproximado de ₡1600 km adicional y deberá de coordinarse la cita a Ana Vargas 83319952
Importante, se debe revisar la lista de zonas peligrosas dónde no se realizarían visitas de armado de estos pedidos, ver https://www.gollo.com/terminos-y-condiciones
Zonas donde no se dará el servicio de armado:
Puntarenas: Espíritu Santo, San Juan Grande, Macacona, San Rafael, San Jerónimo, Caldera, Barranca, El roble, Puntarenas
Excepto: El progreso, La Camboya, Chacarita, Barrio Junito Mora, Liberta 81, Santa Teresa de Cóbano, Bella Vista, Fray Casiano, Veinte de Noviembre, Las parcelas Ricardo Jimenez, 1 de Mayo, Progreso, Horizonte Camino Santiago, Urb. Esparzol, Cerritos, Cerros, Parcelas 2- 3 y 4, Las parcelas de Orocu, Los chinchones, Santa Juana.
Limón: Cieneguita, Limón 2000, Envaco, Los Lirios, Los Cocos, Cristobal Colón, Barrio San Juan, El Bosque, Pacuare Viejo, Urb, Lincoln, Buenavista y Bananito Norte.
Guanacaste: Las Cañas.
Cupón de MIREGALO con ₡10.000 de descuento
- Válido para compras en Gollo.com
- El cupón se otorga a clientes que realizaron su compra en gollo.com, y el metodo de envío fue home delivery.
- Aplica en compras superiores a ₡30.000, pagando en línea con tarjeta.
- No válido para pedidos con método de pago Venta Asistida.
¡Disfruta tu descuento al comprar en línea!
Promoción "¡Llévate el segundo producto al 50% de descuento!"
- Promoción válida exclusivamente en nuestro sitio web.
- Aplica únicamente en productos seleccionados.
- Para obtener el descuento, debes agregar dos artículos elegibles al carrito de compras.
- El 50% de descuento se aplicará automáticamente al producto de menor valor.
Cupón de bienvenida ₡10.000 de descuento
- Válido para compras en gollo.com y RSO
- El cupón se otorga al crear una cuenta en el sitio web y puede utilizarse una única vez.
- Aplica en compras superiores a ₡30.000 pagando en línea con tarjeta.
- No válido para pedidos con método de pago Venta Asistida.
¡Disfruta tu descuento de bienvenida al comprar en línea!
Información sobre precios, productos y contenidos
Toda la información relacionada con la oferta de nuestros productos por medio de gollo.com, incluyendo los precios, se presenta de buena fe. De detectarse alguna inconsistencia o error involuntario al publicar los precios o cualquier otro componente de la oferta al público en la pagina web se procederá con la corrección inmediatamente, y si llegara a afectar tu orden, se te informará de dicha situación. Cuando se trate de un precio irrisorio, Gollo.com se reserva el derecho de eliminar el producto afectado de tu orden.
Se considera “precio irrisorio” un precio que es insignificante por pequeño o que mueve a risa y burla, según definición de “irrisorio” por la Real Academia Española. Todos los precios de los productos incluyen el IVA y/o demás impuestos que pudieran corresponderles. Lo anterior, independientemente de los costos de envío que pudieran o no generarse. Estos montos se te indicarán antes de confirmar tu orden, para que decidas si aceptarlos y concretar tu compra.
Exhibimos con precisión los colores y demás características visuales de nuestros productos, en el sitio web. Sin embargo, no podemos garantizar que los colores mostrados sean exactos pues los colores y tamaños de los productos que ves dependerán del dispositivo dónde realices tu pedido. También le recordamos que las imágenes o fotografías que nos proporcionan los proveedores son con fines ilustrativos y son expuestas de modo orientativo.
Te recomendamos que siempre verifique su compra antes de finalizar tu pedido, a fin de cerciorarte de los términos, condiciones y restricciones que pudieren aplicar a cada producto, proceso de reintegro de dinero, tiempos de entrega o cambios. Una vez hecho el pedido, en Gollo.com, damos por aceptadas dichas condiciones.
REGLAMENTO DE CAMPAÑA “Todo a cuotas menores a 10.000 colones”
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
CAMPAÑA:
“Todo a cuotas menores a 10.000”
EXPLICACION DE LA CAMPAÑA:
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., pone a disposición de los clientes artículos que por sus condiciones de Precio, Tasa de Interés estipulada por la Ley 9859 o Ley de usura en Costa Rica y Plazo máximo dan como resultado una cuota de crédito mensual igual o menor a 10.000 colones.
Las condiciones de crédito pueden variar según cada categoría de producto, para lo cuál aclaramos por medio del siguiente detalle cuales son las combinaciones de condiciones para cada categoría de productos (tasa interés, precio, plazo):
Condiciones que APLICANpara la campaña de “Todo a cuotas menores a 10.000”, según cada categoría de producto:

I-CLAUSULAS:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada: “Todo a cuotas menores a 10.000”, el cual se regirá por las condiciones indicadas.
i. Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Esta campaña es válida únicamente para la compra de artículos dentro de las condiciones de precio, tasa de interés y plazo antes descritas.
La campaña “Todo a cuotas menores a 10.000”, se puede aplicar únicamente en colones.
No aplica para préstamos en efectivos, créditos pymes, viajes, motocicletas, juguetería ni regalías.
No existe pago de penalidad por pago anticipado de este tipo de transacción.
Por la página de Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento de la promoción.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de GOLLO-CURACAO-RADIOSHACK o comunicarse a la línea 800-00-46556.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
II. REQUISITOS:
Para participar en las promociones aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito en las empresas que forman del GRUPO UNICOMER. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con GRUPO UNICOMER y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción. Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Unicomer considere pertinente.
III- RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
REGLAMENTO PROMOCIÓN “CrediOportunidad”
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
PROMOCIÓN: CrediOportunidad
BENEFICIO DE LA PROMOCION:
El cliente recibirá el beneficio de CrediOportunidad al comprar promociones exclusivas a crédito, las cuales constan de un descuento brindado por UNICOMER a productos seleccionados, en un rango de tiempo estipulado por la compañía, el descuento será aplicado de forma inmediata al producto en el momento de la facturación a crédito.
I-CLAUSULAS:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada: “CrediOportunidad”, el cual se regirá por las condiciones indicadas.
i. Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Esta promoción es válida únicamente para la compra de artículos seleccionados, dentro de los plazos establecidos, y los montos de compra que se detallen en las condiciones de la oferta.
El programa “CrediOportunidad”, se puede aplicar únicamente en colones.
No aplica para préstamos en efectivo ni Créditos Pymes.
No existe pago de penalidad por pago anticipado de este tipo de transacción.
Por la página de Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento de la promoción.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de GOLLO-CURACAO-RADIOSHACK o comunicarse a la línea 800-00-46556.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
II. REQUISITOS:
Para participar en las promociones aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito en las empresas que forman del GRUPO UNICOMER. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con GRUPO UNICOMER y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción. Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Unicomer considere pertinente.
III- RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Reglamento de la promoción "Inicia a pagar en 60 días"
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
1. Promoción:
Inicia a pagar en 60 días.
2. Beneficio de la promoción:
El cliente recibirá el beneficio de iniciar a pagar en 60 días al comprar a crédito con NAF o EMMA. Esta promoción es válida únicamente para la compra de artículos seleccionados y dentro de los plazos establecidos, los cuales se detallan en las condiciones de la oferta.
3. Clausulas:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada: “Inicia a pagar en 60 días” al comprar a crédito el cual se regirá por las condiciones indicadas.
- Generalidades, restricciones y penalizaciones:
- Esta promoción es válida únicamente para la compra a crédito de artículos seleccionados y dentro de los plazos establecidos, los cuales se detallan en las condiciones de la oferta. No aplica para préstamos en efectivo ni Créditos Pymes.
- Este beneficio aplica únicamente en créditos con un plazo mínimo de 12 meses.
- La promoción ha sido anunciada en la página oficial de Facebook de la compañía y está sujeta a las condiciones establecidas en este reglamento. Participar implica que el cliente acepta expresamente estas condiciones.
- Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.
- Los participantes que no acepten los términos y condiciones de esta promoción no tendrán derecho a reclamar ni recibir indemnización alguna.
- Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. se reserva el derecho de modificar, suspender o cancelar la promoción en cualquier momento y sin previo aviso, de acuerdo con lo permitido por la ley.
- Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de GOLLO-CURACAO o comunicarse a la línea 800-00-46556.
- El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
- Requisitos:
- Para participar en las promociones aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito en las empresas que forman del GRUPO UNICOMER. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con GRUPO UNICOMER y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción. Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
- Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Unicomer considere pertinente.
- Resolución de conflictos:
- Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Reglamento de la promoción "Meses sin intereses"
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
1. Promoción:
Meses sin intereses.
2. Beneficio de la promoción:
El cliente recibirá el beneficio de conversión de “Meses sin intereses”. Esta promoción es válida únicamente para la compra de artículos seleccionados, dentro de los plazos establecidos, y los montos de compra que se detallen en las condiciones de la oferta.
3. Clausulas:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada: “Meses sin intereses”, el cual se regirá por las condiciones indicadas.
- Generalidades, restricciones y penalizaciones:
- Esta promoción es válida únicamente para la compra de artículos seleccionados, dentro de los plazos establecidos, y los montos de compra que se detallen en las condiciones de la oferta.
- El programa “Meses sin intereses”, se puede aplicar únicamente en colones.
- Las cuotas según el plazo de la “Meses sin intereses.” no generarán intereses siempre y cuando se cancele el pago de la cuota mensual completo indicado desde un inicio según la conversión de la compra. Si el monto total no es pagado, la cuota mensual completa no pagada se financiará a la tasa de interés estipulada en el contrato de la línea de crédito o pagaré aceptado por el cliente.
- De no realizar el o los pagos de cualquiera de las cuentas activas de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., en las fechas indicadas, el crédito a través de esta PROMOCIÓN de “Meses sin intereses” se transformará en un crédito revolutivo tomándose como fecha de inicio, la fecha de pago de su línea de crédito y por lo tanto EL CLIENTE se obliga a pagar bajo los términos y condiciones estipuladas en su contrato de línea de crédito o pagaré, es decir, con la tasa de interés establecida y por el plazo máximo establecido (36 meses), bajo los términos y condiciones del pagaré.
- No aplica para préstamos en efectivo ni Créditos Pymes.
- No existe pago de penalidad por pago anticipado de este tipo de transacción.
- Por la página de Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
- Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
- Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
- Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento de la promoción.
- Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de GOLLO-CURACAO o comunicarse a la línea 800-00-46556.
- Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
- El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
- Requisitos:
Para participar en las promociones aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito en las empresas que forman del GRUPO UNICOMER. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con GRUPO UNICOMER y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción. Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Unicomer considere pertinente.
- Resolución de conflictos:
- Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Reglamento de la promoción "Cuotas gratis al comprar a crédito"
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
1. Promoción:
Cuotas gratis al comprar a crédito.
2. Beneficio de la promoción:
El cliente recibirá tres cuotas gratis al realizar una compra a crédito, ya sea mediante crédito NAF o EMMA. Esta promoción es válida únicamente para la compra de artículos seleccionados y dentro de los plazos establecidos, los cuales se detallan en las condiciones de la oferta.
3. Clausulas:
Este reglamento establece las condiciones bajo las cuales se llevará a cabo la promoción “Cuota Gratis al Comprar a Crédito” y es vinculante para todos los participantes.
- Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Esta promoción es válida únicamente para la compra a crédito de artículos seleccionados y dentro de los plazos establecidos, los cuales se detallan en las condiciones de la oferta. No aplica para préstamos en efectivo ni Créditos Pymes.
Este beneficio aplica únicamente en créditos con un plazo mínimo de 12 meses.
La promoción ha sido anunciada en la página oficial de Facebook de la compañía y está sujeta a las condiciones establecidas en este reglamento. Participar implica que el cliente acepta expresamente estas condiciones.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.
Los participantes que no acepten los términos y condiciones de esta promoción no tendrán derecho a reclamar ni recibir indemnización alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. se reserva el derecho de modificar, suspender o cancelar la promoción en cualquier momento y sin previo aviso, de acuerdo con lo permitido por la ley.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de GOLLO-CURACAO o comunicarse a la línea 800-00-46556.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
- Requisitos:
Para participar en las promociones aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito en las empresas que forman del GRUPO UNICOMER. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con GRUPO UNICOMER y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción. Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Unicomer considere pertinente.
- Resolución de conflictos:
- Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Instalación Básica Gratis para Aires Acondicionados Mabe.
Aplica unicamente para los siguientes códigos:
6094020085
6094020102
6094090053
6094090018
6094020066
6094020083
Más detalles en el siguiente link: https://mabeglobal.com/es_CR/instalacion-basica-zonas

USO DE CUPONES
Los cupones promocionales son de uso exclusivos para compras en www.gollo.com utilizando los métodos de pago de tarjeta de crédito y débito, dichos cupones no son efectivos para compras por medio de CrediGollo y Emma.
Promoción Llantas 3x4
-
Aplica para modelos de llantas seleccionadas.
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Promoción exclusiva de Gollo.com.
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Debes de incluir en el carrito las 4 llantas y ahí se aplica el descuento.
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Si las llantas tienen precio de promoción, no aplica la promoción del 3x4.
Promoción de Muebles con Ensamble Gratis dentro del GAM
Límite de zonas para que aplique el ensamble Gratis:
- Alajuela
- Heredia
- San Jose
- Cartago
- Atenas
- Esparza
- Orotina
Al momento de facturar, el asesor debe de coordinar con el proveedor Ensamble Vargas. Validando que la dirección donde se entrega el producto esté dentro de los límites del GAM antes mencionados donde el servicio ya está incluido en el precio, brindándoles nombre de cliente, dirección, y número telefónico. En caso de que la dirección este fuera del límite del GAM, el cliente deberá cubrir la diferencia de distancia desde el límite del GAM hasta su domicilio, esto lo cotizará el proveedor y se le cancela directamente al mismo por parte del cliente.
Ningún código de cocina incluye accesorios de grifería, bateas, o cualquier otro tipo, es solo el mueble como tal.
