
Reglamento Campaña Envio Gratis EMMA – TELE VENTAS
Emma una marca de Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
PROMOCION:
El beneficio será para todos los clientes que realicen compras con EMMA, por el canal de Televentas, por un monto superior a ₡150,000.00 (ciento cincuenta mil colones) y durante los días 11-12-17-18-19-25-26 de abril, recibirá el servicio de transporte gratis.
PARTICIPANTES:
Participan todas las personas mayores de edad que realicen compras con EMMA por el canal de Televentas, por un monto superior a ₡ 150,000 y durante los días 11-12-17-18-19-25-26 de abril, y que cumplan con los requisitos establecidos en el presente reglamento.
VIGENCIA:
La promoción aplica durante los días 11-12-17-18-19-25-26 de abril del 2025.
CLAUSULAS:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada ENVIO GRATIS EMMA – TELEVENTAS la cual se regirá por las condiciones indicadas.
I. Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Participan todos los clientes que realicen compras superiores a de ciento cincuenta mil colones exactos (₡150.000,00) con EMMA mediante el canal de Televentas, los días 11-12-17-18-19-25-26 de abril del 2025.
Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones.
Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de EMMA o comunicarse a la línea 800-000-3662
II. Requisitos:
Para participar en la promoción aquí descrita los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito con Emma y las empresas que forman del Grupo de Unión Comercial de Costa Rica Unicomer S.A. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con Emma y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción, pues el medio de pago Emma verificará sus datos y el estado de sus facturas a crédito.
Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica S.A o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Emma considere pertinente.
El presente reglamento regula la promoción EXCLUSIVA para consumidores finales, en el cual se requiere la utilización de la línea de crédito Emma indicado en este reglamento como productos y servicios que participan en este beneficio, siempre y cuando el comercio afiliado en donde se realice la compra acepte Emma como medio de pago.
III- Resolución de conflictos:
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Reglamento de la promoción “ABRIL TE REGALAMOS UN CUADRACICLO AKT Y 2 ORDENES DE COMPRA DE $1.000"
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. cédula jurídica número 3-101-074154 domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
PREMIO:
PRIMER LUGAR: UN CUADRIACICLO AKT, MODELO AK250TITAN ROJO, CÓDIGO 0565050021.
SEGUNDO LUGAR: UNA ORDEN DE COMPRA POR $1 000,00 (MIL DÓLARES MONEDA EN CURSO LEGAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).
TERCER LUGAR: UNA ORDENDE COMPRA POR $1 000,00 (MIL DÓLARES MONEDA EN CURSO LEGAL DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA).
PROMOCIÓN:
La dinámica consiste en rifar entre los clientes que realicen sus compras iguales o mayores a ₡75 000,00 (setenta y cinco mil colones) en gollo.com, gollo App y whatsapp de Gollo, durante todo el mes de abril del 2025 quedan participando en uno de los premios mencionados anteriormente. Dicha mecánica será comunicada por medio de las redes sociales de Gollo. Este reglamento rige a partir del 1 de abril del 2025.
CONTENIDO DEL REGLAMENTO
Cláusula primera: Mecanismo de participación
El sorteo se realizará el lunes 5 de mayo del 2025.
Participan todos los clientes que realicen compras iguales o mayores a ₡75 000,00 (setenta y cinco mil colones) en gollo.com, gollo App y whatsapp de Gollo, entre las fechas del 1 de ABRIL al 30 de ABRIL del 2025.
Por cada compra realizada en gollo.com, gollo App y whatsapp de Gollo mayor a ₡75 000,00 (setenta y cinco mil colones),los clientes, acumularán una acción electrónica, entre más compras realicen los clientes más probabilidades tendrán de ganar, y quedarán participando en el sorteo.
Se coordinará con el ganador para hacer formal la entrega del cuadraciclo en una de las tiendas GOLLO del país, donde se tomarán fotografías y videos de la entrega, estas serán subidas a las redes sociales de GOLLO y las 2 órdenes de compra, se enviará vía mail con la información requerida para ser canjeada en la página web.
GOLLO tendrá 20 días para entregar el premio del cuadraciclo.
Los premios se entregarán a la persona a nombre de quien fue hecha la factura.
Si el ganador no envía su información durante el mes siguiente una vez notificado, perderá su derecho al premio y Gollo podrá disponer del mismo.
Clausula segunda. Requisitos de participación:
- Ser mayor de edad.
- No participan colaboradores de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
- Estar al día con el récord crediticio (histórico) con la compañía Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., indistintamente de la Punto de venta y marca del establecimiento comercial donde se encuentra su obligación crediticia.
- Tener actualizados los datos en la base de datos de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
- Presentar la cédula o documento de identidad al día y en buen estado.
En caso de incumplimiento parcial o total de los anteriores requisitos, el premio será nulo y UNICOMER S.A. podrá disponer de él.
Cláusula tercera: Derechos de imagen
Todos los participantes autorizan el uso del diseño, la publicación de información personal, fotografías y videos necesarios para propaganda y difusión del concurso por medio de Redes Sociales, televisión.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. (GOLLO), en estricto apego a las leyes de La República.
Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente concurso. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook Gollo Costa Rica.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. no se hace responsable por accidentes o incidentes que pudiera sufrir los ganadores cuando se trasladen hacia el lugar, durante y después del retiro del premio.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí́ expresadas.
Reglamento de la promoción “¡Borra Saldo! Con tu prestamo de dinero en efectivo 2025”
Como marco normativo se emite durante la vigencia de la promoción “¡BORRA SALDO! CON TU PRESTAMO DE DINERO EN EFECTIVO 2025” la marca UNICOMER S.A, con la razón social UNION COMERCIAL DE COSTA RICA UNICOMERS.A cédula jurídica número 3-101- 74154 domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia, el presente Reglamento y las siguientes cláusulas:
Empresa
- Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154 lanza la promoción “¡BORRA SALDO! CON TU PRESTAMO DE DINERO EN EFECTIVO 2025” la cual está dirigida a los consumidores de todo el país que acepten y cumplan todas las disposiciones contenidas en el presente Reglamento.
Participantes
- Participan todas las personas mayores de edad que adquieran un crédito bajo la línea de crédito PRESTAMO DE EFECTIVO, desde el día 01 abril y hasta el 30 de abril 2025, en cualquier punto de venta GOLLO – LA CURACAO – RADIOSHACK - SERVITOTAL del país, a través de www.gollo.com o en cualquiera de nuestras tiendas GOLLO EFECTIVO y que cumplan con los requisitos expuestos en este reglamento. No participan colaboradores de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
Vigencia de la promoción:
- La promoción inicia el día 01 abril y hasta el 30 de abril 2025.
Requisitos de participación:
Ser mayor de edad.
Estar al día con el récord crediticio (histórico) con la compañía Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., indistintamente de la Punto de venta y marca del establecimiento comercial donde se encuentra su obligación crediticia.
Tener actualizados los datos en la base de datos de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
Presentar la cédula o documento de identidad al día y en buen estado.
En caso de incumplimiento parcial o total de los anteriores requisitos, el premio será nulo y UNICOMER S.A. podrá disponer de él.
Elección del ganador:
Se elegirán los ganadores al azar por medio de una aplicación entre todos los que cumplieran con los requisitos.
Los participantes se seleccionarán de la base de datos de la compañía.
La elección se realizará en oficinas centrales de UNICOMER S.A en el Coyol de Alajuela, en compañía de un notario público, el sorteo se realizará entre los días 01 y 15 de mayo del 2025.
Caducidad de los premios:
A partir de la fecha de divulgación por todos los canales de comunicación el nombre del ganador(a), el mismo tendrá tendrán 8 días naturales para presentarse a cualquiera de nuestras tiendas y presentar el documento de identidad o bien comunicarse a la línea 800-0046556. Al expirar el plazo, el premio caducará a favor de UNICOMER S.A, que se libera de toda responsabilidad por la inacción del ganador.
Si el ganador no cumple con los requisitos o no se presenta con el documento de identidad favorecido en el lapso establecido, UNICOMER S.A realiza al azar de nuevo el sorteo y se dará otros 8 días naturales de plazo para que nuevo ganador(a) se presente.
Derechos de imagen del ganador:
- Todos los participantes aceptan libremente y autorizan que, su nombre, imagen y fotografía y en general los derechos de su imagen aparezcan en medios de comunicación escritos, televisivos y redes sociales, sin que ello implique remuneración o compensación adicional; renunciando al cobro de derechos de imagen por ese concepto.
Premios:
- Se sortearán entre todos los que cumplieran con los requisitos 1 de 5 premio borra saldo con un monto de ₡200.000,00 (doscientos mil colones exactos) aplicable a la cuenta adquirida, durante todo el plazo de vigencia de la promoción, entiéndase de esta manera que se sorteara 5 premios que cancelan un monto de hasta ₡200.000,00 (doscientos mil colones exactos) del saldo de la cuenta adquirida por el cliente.
Requisitos para hacer valido el premio:
Ser mayor de edad.
Presentar la cedula de identidad
En caso de ser cliente activo el crédito del participante deberá estar al día en sus pagos.
El ganador o ganadora será el único responsable por el uso, manejo y disfrute del bien adquirido con motivo de la presente promoción, desde el momento mismo en que lo reciba, cualquier perdida o extravió será responsabilidad del ganador.
UNICOMER S.A. no se hacen responsables por el uso o disposición que el ganador o ganadora o sus beneficiarios le den al premio y tampoco asumen ninguna responsabilidad por cualquier accidente, daño, lesiones o muerte que se produzca por el uso, manejo o disfrute del mismo así mismo no se hace responsable por cualquier accidente o lesión que pueda sufrir el ganador o ganadora cuando se traslade a hacer reclamo de premio.
En caso de que el ganador no pueda asistir a retirar su premio, deberá autorizar a otra persona para hacer efectivo el premio por medio de un poder especial otorgado ante un notario público y sus respectivas fotocopias de sus documentos de identidad.
Restricciones y limitaciones:
Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
Queda total y absolutamente prohibida la participación en la promoción, de todo el personal del Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
- Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook y cualquier otra red social o medios en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
En caso de que la cuenta activa sea menor al monto establecido de ₡200 000,00 (doscientos mil colones exactos) únicamente se cancela la deuda, no se hará entrega de la diferencia entre el saldo de la cuenta y los ₡200 000,00 (doscientos mil colones exactos) colones al cliente.
En caso de que la cuenta activa sea mayor a los ₡200 000,00 (doscientos mil colones exactos) únicamente se le aplicaran a su cuenta el monto de ₡200 000,00 (doscientos mil colones exactos) por lo que deberá seguir con el pago normal de la obligación hasta cancelar el saldo pendiente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
- Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook o llamar al número 800-0046556.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Reglamento Preventa Celulares 15 Ultra Xiaomi
La preventa dará inicio el 27 de marzo del 2025, los modelos que estarán disponibles, son los siguientes:
Las entregas de dichos modelos estarán previstas para ser realizadas a partir del viernes 11 de Abril del 2025, las cuales serán coordinadas por medio de nuestro Centro de Distribución y Call Center de Gollo.
ReglamentoPreventa Celulares Serie A Samsung
La preventa dará inicio el 21 de marzo del 2025, los modelos que estarán disponibles, son los siguientes:
Las entregas de dichos modelos estarán previstas para ser realizadas a partir del jueves 3 de Abril del 2025, las cuales serán coordinadas por medio de nuestro Centro de Distribución y Call Center de Gollo.
REGLAMENTO SORTEO DE REFRIGERADORA
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. cédula jurídica número 3-101-074154 domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia, de con su marca GOLLO, realiza la dinámica del “Sorteo de una refrigeradora Frigidaire código 6001190160, modelo FRSA15K2HVG.” El cual consiste en que los clientes deberán ir al stand de Gollo en Expo Construcción 2025, llenar el formulario que se indica en el stand y quedara participando por el sorteo de una Refrigeradora Frigidaire. Dicha mecánica será comunicada por medio de las redes sociales de Gollo. Este reglamento rige a partir del 5 de marzo del 2025.
Contenido del Reglamento
Cláusula primera: Mecanismo de participación
Sorteo de Refrigeradora Frigidaire
Participan los clientes que asistan al stand de Gollo en Expo Construcción 2025, del 5 al 9 de marzo y llenen el formulario que se les brindara en el stand
Participan compras realizadas de un monto mayor o igual a ₡100.000.00 (cien mil colones).
Participan clientes mayores de 18 años
Los ganadores deberán tener sus cuentas al día, al momento del sorteo, no participan clientes en estado de mora.
No participan empleados de Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A, ni empleados de la agencia de publicidad Mccann Erickson
El ganador para obtener el derecho a su premio, debe aceptar que se le grabe y se le tomen fotografías
Cláusula Segunda: De la elección y notificación del ganador
Los ganadores serán elegidos al azar, con las personas que completen el formulario mencionado en la cláusula primera, punto 1, además las personas que realizaron compras en el stand de Gollo en Expo Construcción 2025 tienen doble oportunidad de ganar.
Se realiza el sorteo en presencia de un abogado
Se procederá a llamar al ganador al número de teléfono registrado en el formulario.
Se realizaran 3 llamadas al número registrado en el formulario, en caso de que el ganador no pueda ser contactado, GOLLO podrá disponer del premio a su decisión.
Cláusula Tercera: Del premio
Sorteo de una refrigeradora
El sorteo se realizará del 10 al 17 de marzo, para un total de 1 ganador de refrigeradora Frigidaire código 6001190160, modelo FRSA15K2HVG.
Se coordinará con el ganador para hacer formal la entrega del premio en una de las tiendas GOLLO del país, donde se tomaran fotografías y videos de la entrega, estas serán subidas a las redes sociales de GOLLO.
El Premio se entregara a la persona a nombre de quien fue llenado el formulario.
Cláusula Cuarta: Derechos de imagen
Todos los participantes autorizan el uso del diseño, la publicación de información personal, fotografías y videos necesarios para propaganda y difusión del concurso por medio de Redes Sociales, televisión.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. (GOLLO), en estricto apego a las leyes de La República.
Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente concurso. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook Gollo Costa Rica.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. no se hace responsable por accidentes o incidentes que pudiera sufrir los ganadores cuando se trasladen hacia el lugar, durante y después del retiro del premio.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí́ expresadas.
REGLAMENTO DE CAMPAÑA “Todo a cuotas menores a 10.000 colones”
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
CAMPAÑA:
“Todo a cuotas menores a 10.000”
EXPLICACION DE LA CAMPAÑA:
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., pone a disposición de los clientes artículos que por sus condiciones de Precio, Tasa de Interés estipulada por la Ley 9859 o Ley de usura en Costa Rica y Plazo máximo dan como resultado una cuota de crédito mensual igual o menor a 10.000 colones.
Las condiciones de crédito pueden variar según cada categoría de producto, para lo cuál aclaramos por medio del siguiente detalle cuales son las combinaciones de condiciones para cada categoría de productos (tasa interés, precio, plazo):
Condiciones que APLICANpara la campaña de “Todo a cuotas menores a 10.000”, según cada categoría de producto:
I-CLAUSULAS:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada: “Todo a cuotas menores a 10.000”, el cual se regirá por las condiciones indicadas.
i. Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Esta campaña es válida únicamente para la compra de artículos dentro de las condiciones de precio, tasa de interés y plazo antes descritas.
La campaña “Todo a cuotas menores a 10.000”, se puede aplicar únicamente en colones.
No aplica para préstamos en efectivos, créditos pymes, viajes, motocicletas, juguetería ni regalías.
No existe pago de penalidad por pago anticipado de este tipo de transacción.
Por la página de Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento de la promoción.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de GOLLO-CURACAO-RADIOSHACK o comunicarse a la línea 800-00-46556.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
II. REQUISITOS:
Para participar en las promociones aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito en las empresas que forman del GRUPO UNICOMER. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con GRUPO UNICOMER y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción. Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Unicomer considere pertinente.
III- RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Preventa Iphone 16E
Los clientes que adquieran los nuevos celulares Iphone 16E códigos 5003050208 y 5003050207, en preventa por medio de Gollo.com y WhatsApp, se estarán realizando las entregas a partir del 10 de Marzo del 2025. Dicha entrega se estará coordinando a partir de esta fecha por medio de nuestro Centro de Contacto.
REGLAMENTO PROMOCIÓN “CrediOportunidad”
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
PROMOCIÓN: CrediOportunidad
BENEFICIO DE LA PROMOCION:
El cliente recibirá el beneficio de CrediOportunidad al comprar promociones exclusivas a crédito, las cuales constan de un descuento brindado por UNICOMER a productos seleccionados, en un rango de tiempo estipulado por la compañía, el descuento será aplicado de forma inmediata al producto en el momento de la facturación a crédito.
I-CLAUSULAS:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada: “CrediOportunidad”, el cual se regirá por las condiciones indicadas.
i. Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Esta promoción es válida únicamente para la compra de artículos seleccionados, dentro de los plazos establecidos, y los montos de compra que se detallen en las condiciones de la oferta.
El programa “CrediOportunidad”, se puede aplicar únicamente en colones.
No aplica para préstamos en efectivo ni Créditos Pymes.
No existe pago de penalidad por pago anticipado de este tipo de transacción.
Por la página de Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento de la promoción.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de GOLLO-CURACAO-RADIOSHACK o comunicarse a la línea 800-00-46556.
Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
II. REQUISITOS:
Para participar en las promociones aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito en las empresas que forman del GRUPO UNICOMER. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con GRUPO UNICOMER y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción. Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Unicomer considere pertinente.
III- RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS:
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
HP y Gollo te llevan a vivir la emoción del Real Madrid
Como marco normativo se emite durante la vigencia de la promoción “HP y Gollo te llevan a vivir la emoción del Real Madrid” la marca GOLLO con la razón social UNION COMERCIAL DE COSTA RICA, UNICOMER S.A cédula jurídica número 3-101- 074154 domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia, emite el presente Reglamento y las siguientes cláusulas, la cual está dirigida a los consumidores de todo el país que realicen compras a crédito o contado en productos HP, en cualquiera de los canales de venta de Gollo, ya sea por medio de sus tiendas físicas Gollo, Gollo App, Gollo WhatsApp y Gollo.com.
1.MECANICA DEL CONCURSO
1.1 Este concurso está dirigido a los consumidores de todo el país que realicen compras a crédito o contado en productos HP, en cualquiera de los canales de venta de Gollo, ya sea por medio de sus tiendas físicas Gollo, Gollo App, Gollo WhatsApp y Gollo.com. El cliente que quedará participando automáticamente en el sorteo.
2. Participantes
2.1 Podrán participar todas las personas mayores de 18 años, que realicen compras a crédito o contado en productos HP, en cualquiera de los canales de venta de Gollo, ya sea por medio de sus tiendas físicas Gollo, Gollo App, Gollo WhatsApp y Gollo.com
3. Vigencia de la promoción:
3.1 Este reglamento rige entre el 01 de febrero hasta el 31 de marzo del 2025. Por lo tanto solo las compras en productos HP realizadas en ese período de tiempo podrán participar en la presente promoción.
4. Requisitos de participación:
4.1 Cédula de identidad al día y en buen estado. En caso de Residente, cédula de residencia vigente y en buen estado.
4.2 Realizar Compras a crédito o contado en productos HP, en cualquiera de los canales de venta indicados en el punto 1.
4.3 Presentar factura de Crédito o contado en caso de resultar ganador.
4.4Pasaporte con vigencia de 6 meses. Solo personas con pasaporte (con vigencia de 6 meses ) pueden participar en la promoción.
5. Limitaciones de participación:
5.1 No participan empleados de Unión Comercial de Costa Rica Unicomer S.A, ni sus familiares directos hasta segundo grado de consanguinidad ni afinidad, y ninguna de las sociedades del grupo, ni de la agencia de publicidad. Ni personas jurídicas.
6. Premios:
6.1 A través de un sorteo electrónico se elegirá un ganador, en presencia de un notario público. El premio a sortear:
Un viaje para 1 persona para disfrutar una experiencia exclusiva con HP en España, del 01 al 05 de mayo, que incluye:
Boleto aéreo País Origen - Madrid - País Origen, se utilizará un hub como centro de conexiones para que el grupo viaje junto.
Vuelo incluye una maleta de mano + una maleta registrada por pasajero.
Traslados aeropuerto / hotel / aeropuerto.
03 noches de hospedaje en el Hotel Santo Domingo o similar, con desayunos en habitación sencilla.
Kit de Bienvenida.
Cena de Bienvenida: Show Tablao Flamenco + Tapas.
City Tour con almuerzo de Tapas Españolas.
Traslado al Estadio Santiago Bernabéu, Ida y Vuelta.
Entradas para el Partido del Real Madrid vs Celta de Vigo, Hospitalidad VIP.
Tour de un día a Toledo, con ingreso a la Catedral y almuerzo.
Atardecer en Terraza de la Gran Vía, con Tapas y Vino.
Seguro de Viaje durante todo el recorrido.
Coordinador de Viaje y Staff para despacho en aeropuertos
Unión Comercial de Costa Rica no se hace responsable de otros tramites o gastos no mencionados en los puntos anteriores.
6.2 Lo que no incluye la promoción:
Cambios en el itinerario.
Gastos adicionales en el hotel (minibar, spa, lavandería, etc.).
Alimentación no especificada en la propuesta.
Días adicionales de hospedaje fuera del itinerario.
Cualquier otro gasto no contemplado en el reglamento.
7. Sorteo:
El sorteo lo llevará a cargo la marca HP y Unicomer al finalizar el tiempo de participación.
En las redes de Gollo Costa Rica (Facebook) se dará a conocer dicho ganador.
El premio obtenido por el ganador deberá ser reclamado en un máximo de 7 días naturales posterior al sorteo. Y deberá de cumplir todos y cada uno de los requisitos enunciados en el apartado
8. Derechos de Imagen:
Todos los participantes en el presente concurso otorgan de manera expresa su consentimiento para utilizar su imagen para fines publicitarios de Unión Comercial de Costa Rica por medio de fotos o videos en los medios digitales o de comunicación que considere.
Unión Comercial de Costa Rica, S.A se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los clientes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del cualquier red social de Gollo, en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
9. Restricciones y limitaciones:
9.1 Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
9.2 Por medio de las redes sociales de Gollo CR se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
9.3 Unión Comercial de Costa Rica, S.A se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
9.4 Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
9.5 Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no les asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
9.6 Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
9.7 Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
8.8 Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de Gollo CR o llamar al número 800-2872226.
8.9 Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
Los participantes y/o eventuales ganadores eximen a Unión Comercial de Costa Rica, por cualquier accidente, retraso o inconveniente que pudiere sufrir con el disfrute del premio.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Beneficios Redmi Note14 Series
- Google One 6 Meses
Para disfrutar de estos 100 GB de almacenamiento en la nube de Google One, los Beneficiarios deben comprar y activar el producto antes del 31 de julio de 2025.
Para canjear esta oferta, los Beneficiarios deben abrir la aplicación Google One en su dispositivo y la oferta aparecerá en la pantalla. Luego, los Beneficiarios pueden seguir las instrucciones para canjear la oferta. Esta oferta de Google One también requiere una cuenta de Google Payments con una forma de pago que califique al momento de registrarse.
YouTube Premium 2 Meses.
Para disfrutar de este servicio YouTube Premium, los Beneficiarios deben comprar y activar el Producto antes del 31 de julio de 2025. Esta oferta YouTube Premium está limitada a nuevos usuarios de YouTube Premium.
Para canjear esta oferta, los Beneficiarios deben abrir la aplicación YouTube en su dispositivo. Luego, debe ir a "Mi cuenta" y hacer clic en "Obtener YouTube Premium". Luego, la oferta aparecerá en la pantalla y los Beneficiarios pueden seguir las instrucciones para canjearla. Se requiere una forma de pago válida al momento de registrarse, pero no se cobrará a los beneficiarios hasta que expire el período de prueba. No se realizan reembolsos por períodos de facturación parciales.
Spotify
Spotify Premium 3 meses es canjeable hasta el periodo del 8 de agosto, 2026. Aplica para nuevos usuarios. Los usuarios que compraron el teléfono a través de canales locales pueden enviar su información (IMEI) a través de la página de www.mi.com/mx/imei-redemption/, y el sistema verificará automáticamente que la información del usuario sea correcta y mandará un correo electrónico con el enlace de derecho al usuario. Los usuarios pueden hacer clic en el enlace y abrir la aplicación Spotify seguir los pasos para reclamar la oferta.
Garantía de calidad de 24 meses
El Producto estará libre de defectos en materiales y mano de obra bajo uso normal durante VEINTICUATRO (24) meses desde la fecha en que los Beneficiarios compraron el Producto antes del 5 de marzo 2025, posterior a esta fecha la garantía es de 1 año para todos los equipos.
Si se encuentra un defecto de hardware y Xiaomi recibe una reclamación válida dentro del Período de Garantía, los Beneficiarios serán elegibles para que el Producto sea reparado o reemplazado de forma gratuita, de acuerdo con la “Garantía”.
Garantía limitada de pantalla rota (1)
Los beneficiarios que hayan comprado producto antes del 5 de marzo 2025, serán elegibles para un (1) servicio de reemplazo o reparación gratuita de pantalla por única vez durante los primeros seis (6) meses después de la fecha de la primera compra del Producto por parte del Beneficiario (en adelante, el "Período de Reparación de Pantalla"), si la pantalla de los Productos mencionados anteriormente se daña o presenta fallos debido a una acción no intencionada por parte del usuario final (por ejemplo, una caída no intencionada del Producto).
Dicha reparación de la pantalla será gratuita. Si el Centro de Servicio Autorizado de Xiaomi evalúa que la pantalla debe ser reemplazada, dicho reemplazo también será gratuito.}
Reglamento PREVENTA S25
Los clientes que adquieran en preventa por medio de Gollo.com, App de Gollo y el área de Televentas, lo siguientes modelos:
- 5003050190
- 5003050191
- 5003050192
- 5003050193
- 5003050194
- 5003050195
- 5003050196
- 5003050197
- 5003050198
- 5003050199
- 5003050200
- 5003050201
- 5003050202
- 5003050203
- 5003050204
- 5003050205
Les confirmamos que las entregas de estos modelos se estarán entregando a partir del 5 de febrero del 2025.
A todos nuestros clientes se les estará contactando para coodinar la entrega.
Reglamento de la promoción “REGRESO A CLASES CON TU PRESTAMO DE DINERO EN EFECTIVO 2025”
Como marco normativo se emite durante la vigencia de la promoción “REGRESO A CLASES CON TU PRESTAMO DE DINERO EN EFECTIVO 2025” la marca UNICOMER S.A, con la razón social UNION COMERCIAL DE COSTA RICA UNICOMERS.A cédula jurídica número 3-101- 74154 domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia, el presente Reglamento y las siguientes cláusulas:
Empresa:
- Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154 lanza la promoción “REGRESO A CLASES CON TU PRESTAMO DE DINERO EN EFECTIVO 2025” la cual está dirigida a los consumidores de todo el país que acepten y cumplan todas las disposiciones contenidas en el presente Reglamento.
Participantes:
Participan todas las personas mayores de edad que adquieran un crédito mayor a ₡350 000,00 (trescientos cincuenta mil colones), bajo la línea de crédito PRESTAMO DE EFECTIVO, desde el día 15 enero y hasta el 15 de febrero 2025, en cualquier punto de venta GOLLO – LA CURACAO – RADIOSHACK - SERVITOTAL del país, a través de www.gollo.com o en cualquiera de nuestras tiendas GOLLO EFECTIVO y que cumplan con los requisitos expuestos en este reglamento.
No participan colaboradores de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
Vigencia de la promoción:
- La promoción inicia el día 15 enero y hasta el 15 de febrero 2025.
Requisitos de participación:
Ser mayor de edad.
Estar al día con el récord crediticio (histórico) con la compañía Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., indistintamente de la Punto de venta y marca del establecimiento comercial donde se encuentra su obligación crediticia.
Tener actualizados los datos en la base de datos de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
Presentar la cédula o documento de identidad al día y en buen estado.
En caso de incumplimiento parcial o total de los anteriores requisitos, el premio será nulo y UNICOMER S.A. podrá disponer de él.
- Elección del ganador:
Se elegirán los ganadores al azar por medio de una aplicación entre todos los que cumplieran con los requisitos.
Los participantes se seleccionarán de la base de datos de la compañía.
La elección se realizará en oficinas centrales de UNICOMER S.A en el Coyol de Alajuela, en compañía de un notario público, el sorteo se realizará entre los días 16 y 20 de febrero del 2025.
Caducidad de los premios:
A partir de la fecha de divulgación por todos los canales de comunicación el nombre del ganador(a), el mismo tendrá tendrán 8 días naturales para presentarse a cualquiera de nuestras tiendas y presentar el documento de identidad o bien comunicarse a la línea 800-0046556. Al expirar el plazo, el premio caducará a favor de UNICOMER S.A, que se libera de toda responsabilidad por la inacción del ganador.
Si el ganador no cumple con los requisitos o no se presenta con el documento de identidad favorecido en el lapso establecido, UNICOMER S.A realiza al azar de nuevo el sorteo y se dará otros 8 días naturales de plazo para que nuevo ganador(a) se presente.
Derechos de imagen del ganador:
- Todos los participantes aceptan libremente y autorizan que, su nombre, imagen y fotografía y en general los derechos de su imagen aparezcan en medios de comunicación escritos, televisivos y redes sociales, sin que ello implique remuneración o compensación adicional; renunciando al cobro de derechos de imagen por ese concepto.
Premios:
- Se sortearán entre todos los que cumplieran con los requisitos 1 de 2 kits que contienen: Lenovo IdeaPad Slim 3 Touch + Mochila + Audifonos + Office 365, 15.6" FHD, Intel Core i5-12450H, 16GB, 1TB SSD durante todo el plazo de vigencia de la promoción, entiéndase de esta manera que se sorteara 2 kits que contienen: Lenovo IdeaPad Slim 3 Touch + Mochila + Audifonos + Office 365, 15.6" FHD, Intel Core i5-12450H, 16GB, 1TB SSD.
Requisitos para hacer valido el premio:
Ser mayor de edad.
Presentar la cedula de identidad
En caso de ser cliente activo el crédito del participante deberá estar al día en sus pagos.
El ganador o ganadora será el único responsable por el uso, manejo y disfrute del bien adquirido con motivo de la presente promoción, desde el momento mismo en que lo reciba, cualquier perdida o extravió será responsabilidad del ganador.
UNICOMER S.A. no se hacen responsables por el uso o disposición que el ganador o ganadora o sus beneficiarios le den al premio y tampoco asumen ninguna responsabilidad por cualquier accidente, daño, lesiones o muerte que se produzca por el uso, manejo o disfrute del mismo así mismo no se hace responsable por cualquier accidente o lesión que pueda sufrir el ganador o ganadora cuando se traslade a hacer reclamo de premio.
En caso de que el ganador no pueda asistir a retirar su premio, deberá autorizar a otra persona para hacer efectivo el premio por medio de un poder especial otorgado ante un notario público y sus respectivas fotocopias de sus documentos de identidad.
Restricciones y limitaciones:
Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
Queda total y absolutamente prohibida la participación en la promoción, de todo el personal del Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook y cualquier otra red social o medios en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook o llamar al número 800-0046556.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Reglamento campaña mes de Enero - EMMA Verano.
Emma una marca de Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
1. PREMIOS:
1 viaje al hotel fiesta Resort para dos personas.
2. PROMOCION:
El beneficio será para todos los clientes que realicen compras con EMMA en tiendas Unicomer, Ecommerce y comercios afiliados durante el mes de enero y que cumplan con los requisitos expuestos en este reglamento. No participan colaboradores de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A ni colaboradores de comercios afiliados. Entre más compras realicen más probabilidades tendrán de ganar y participarán en sorteo de 1 viaje al hotel fiesta Resort para dos personas.
3. CLAUSULAS:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada CAMPAÑA MES DE ENERO EMMA VERANO:el cual se regirá por las condiciones indicadas.
I. Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Participan todos los clientes que realicen compras mínimas de Cien mil colones exactos (₡100.000,00) con EMMA en Televentas, entre las fechas del 01 al 31 de enero del 2025.
Por cada compra realizada con un mínimo de Cien mil colones exactos (₡100.000,00) con EMMA en Televentas, acumularán una acción electrónica, entre más compras realicen los clientes más probabilidades tendrán de ganar, y quedarán participando en el sorteo.
El ganador debe ser mayor de edad.
Estar al día con el récord crediticio (histórico) con la compañía Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., indistintamente de la Punto de venta y marca del establecimiento comercial donde se encuentra su obligación crediticia.
Tener actualizados los datos en la base de datos de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
En caso de incumplimiento parcial o total de los anteriores requisitos, el premio será nulo y Emma podrá disponer de él.
Se elegirá un único ganador al azar por medio de una aplicación de sorteos, entre todos los que cumplieran con los requisitos.
El sorteo se realizará en oficinas centrales de EMMA en el Coyol de Alajuela, en compañía de un notario público, el 03 de febrero del 2025
A partir de la fecha de contestación del ganador, el mismo tendrá tendrán 8 días naturales para presentarse a la tienda acordada de Unicomer y presentar el documento de identidad o bien comunicarse al Teléfono: +506 800 000 3662 para coordinar cualquier cambio en la entrega del premio. Al expirar el plazo, el premio caducará a favor de EMMA, que se libera de toda responsabilidad por la inacción del ganador. Si el ganador no cumple con los requisitos o no se presenta con el documento de identidad favorecido en el lapso y lugar establecido, EMMA dispondrá del premio a su conveniencia.
Todos los participantes aceptan libremente y autorizan que, su nombre, imagen y fotografía relacionada con la entrega del premio y en general los derechos de su imagen aparezcan en medios de comunicación escritos, televisivos y redes sociales, sin que ello implique remuneración o compensación adicional; renunciando al cobro de derechos de imagen por ese concepto.
El ganador para reclamar el premio debe presentar la cedula de identidad
El ganador o ganadora será el único responsable por el uso, manejo y disfrute del bien adquirido con motivo del presente sorteo.
Unicomer no se hacen responsables por el uso o disposición que el ganador o ganadora o sus beneficiarios le den al premio y tampoco asumen ninguna responsabilidad por cualquier accidente, daño, lesiones o muerte que se produzca por el uso, manejo o disfrute de este así mismo no se hace responsable por cualquier accidente o lesión que pueda sufrir el ganador o ganadora cuando se traslade a hacer reclamo de premio.
En caso de que el ganador no pueda asistir a retirar su premio, deberá autorizar a otra persona para hacer efectivo el premio por medio de un poder especial otorgado ante un notario público y sus respectivas fotocopias de sus documentos de identidad.
Los ganadores serán informados y notificados directamente a los números y correos registrados en Grupo UNICOMER.
Los ganadores serán informados y notificados directamente a los números y correos registrados en Grupo UNICOMER.
Restricciones y limitaciones:
Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
Queda total y absolutamente prohibida la participación en la promoción, de todo el personal del Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones.
Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook y cualquier otra red social o medios de EMMA, en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Emma, una marca de Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. es un intermediario financiero, se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos que deben cumplir las fotografías. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas. Sin embargo, la publicación de las fotos no implica la certificación por parte de la empresa del cumplimiento de los requisitos y condiciones, siendo el cumplimiento de éstos, de exclusiva responsabilidad de los participantes.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento de la promoción.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de EMMA o comunicarse a la línea 800-000-3662
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Mientras no exista una modificación al presente reglamento. Cualquier modificación será publicada como parte de las reformas a este Reglamento y estará disponible en www.emmapay.com,pero en ningún momento será necesario notificar individualmente a los clientes Emma.
II. Requisitos:
Para participar en dicha dinámica y sorteo aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito con Emma y las empresas que forman del Grupo de Unión Comercial de Costa Rica Unicomer S.A. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con Emma y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción, pues el medio de pago Emma verificará sus datos y el estado de sus facturas a crédito.
Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica S.A o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Emma considere pertinente.
El presente reglamento regula una dinámica y sorteo EXCLUSIVO para consumidores finales, en el cual se requiere la utilización de la línea de crédito Emma indicado en este reglamento como productos y servicios que participan en este beneficio, siempre y cuando el comercio afiliado en donde se realice la compra acepte Emma como medio de pago.
III- Resolución de conflictos:
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Reglamento campaña mes de Enero - EMMA entrada a clases.
Emma una marca de Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
1. PREMIOS:
2 ORDENES DE COMPRA POR ₡100.000 (cien mil colones) en tiendas UNIVERSAL.
2. PROMOCION:
El beneficio será para todos los clientes que realicen compras con EMMA en tiendas Unicomer, Ecommerce y comercios afiliados durante el mes de enero y que cumplan con los requisitos expuestos en este reglamento. No participan colaboradores de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A ni colaboradores de comercios afiliados. Entre más compras realicen más probabilidades tendrán de ganar y participarán en sorteo de 2 ORDENES DE COMPRA POR ₡100.000 (cien mil colones) en tiendas UNIVERSAL.
3. CLAUSULAS:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada CAMPAÑA MES DE ENERO EMMA ENTRADA A CLASES:el cual se regirá por las condiciones indicadas.
I. Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Participan todos los clientes que realicen compras mínimas de cincuenta mil colones exactos (₡50.000,00) con EMMA en tiendas Unicomer, Ecommerce y comercios afiliados, entre las fechas del 15 de enero al 15 de febrero del 2025.
Por cada compra realizada con un mínimo de cincuenta mil colones exactos (₡50.000,00) con EMMA en tiendas Unicomer, Ecommerce y comercios afiliados los clientes, acumularán una acción electrónica, entre más compras realicen los clientes más probabilidades tendrán de ganar, y quedarán participando en el sorteo.
El ganador debe ser mayor de edad.
Estar al día con el récord crediticio (histórico) con la compañía Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., indistintamente de la Punto de venta y marca del establecimiento comercial donde se encuentra su obligación crediticia.
Tener actualizados los datos en la base de datos de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
En caso de incumplimiento parcial o total de los anteriores requisitos, el premio será nulo y Emma podrá disponer de él.
Se elegirá un único ganador al azar por medio de una aplicación de sorteos, entre todos los que cumplieran con los requisitos.
El sorteo se realizará en oficinas centrales de EMMA en el Coyol de Alajuela, en compañía de un notario público, el 17 de febrero del 2025
A partir de la fecha de contestación del ganador, el mismo tendrá tendrán 8 días naturales para presentarse a la tienda acordada de Unicomer y presentar el documento de identidad o bien comunicarse al Teléfono: +506 800 000 3662 para coordinar cualquier cambio en la entrega del premio. Al expirar el plazo, el premio caducará a favor de EMMA, que se libera de toda responsabilidad por la inacción del ganador. Si el ganador no cumple con los requisitos o no se presenta con el documento de identidad favorecido en el lapso y lugar establecido, EMMA dispondrá del premio a su conveniencia.
Todos los participantes aceptan libremente y autorizan que, su nombre, imagen y fotografía relacionada con la entrega del premio y en general los derechos de su imagen aparezcan en medios de comunicación escritos, televisivos y redes sociales, sin que ello implique remuneración o compensación adicional; renunciando al cobro de derechos de imagen por ese concepto.
El ganador para reclamar el premio debe presentar la cedula de identidad
El ganador o ganadora será el único responsable por el uso, manejo y disfrute del bien adquirido con motivo del presente sorteo.
Unicomer no se hacen responsables por el uso o disposición que el ganador o ganadora o sus beneficiarios le den al premio y tampoco asumen ninguna responsabilidad por cualquier accidente, daño, lesiones o muerte que se produzca por el uso, manejo o disfrute de este así mismo no se hace responsable por cualquier accidente o lesión que pueda sufrir el ganador o ganadora cuando se traslade a hacer reclamo de premio.
En caso de que el ganador no pueda asistir a retirar su premio, deberá autorizar a otra persona para hacer efectivo el premio por medio de un poder especial otorgado ante un notario público y sus respectivas fotocopias de sus documentos de identidad.
Los ganadores serán informados y notificados directamente a los números y correos registrados en Grupo UNICOMER.
Restricciones y limitaciones:
Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
Queda total y absolutamente prohibida la participación en la promoción, de todo el personal del Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A
Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones.
Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook y cualquier otra red social o medios de EMMA, en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Emma, una marca de Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. es un intermediario financiero, se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos que deben cumplir las fotografías. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas. Sin embargo, la publicación de las fotos no implica la certificación por parte de la empresa del cumplimiento de los requisitos y condiciones, siendo el cumplimiento de éstos, de exclusiva responsabilidad de los participantes.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento de la promoción.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de EMMA o comunicarse a la línea 800-000-3662
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Mientras no exista una modificación al presente reglamento. Cualquier modificación será publicada como parte de las reformas a este Reglamento y estará disponible en www.emmapay.com,pero en ningún momento será necesario notificar individualmente a los clientes Emma.
II. Requisitos:
Para participar en dicha dinámica y sorteo aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito con Emma y las empresas que forman del Grupo de Unión Comercial de Costa Rica Unicomer S.A. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con Emma y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción, pues el medio de pago Emma verificará sus datos y el estado de sus facturas a crédito.
Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica S.A o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Emma considere pertinente.
El presente reglamento regula una dinámica y sorteo EXCLUSIVO para consumidores finales, en el cual se requiere la utilización de la línea de crédito Emma indicado en este reglamento como productos y servicios que participan en este beneficio, siempre y cuando el comercio afiliado en donde se realice la compra acepte Emma como medio de pago.
III- Resolución de conflictos:
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Reglamento campaña mes de Enero - EMMA en Gollo.com y Gollo App
Emma una marca de Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
1. PREMIOS:
1 Laptop Lenovo Slim3 8 GB 512 GB SSD 15.6 FHD Intel Core 13-N305 Gris.
audífonos Gamer Skull Candy
2. PROMOCION:
El beneficio será para todos los clientes que realicen compras con EMMA EN GOLLO.COM Y GOLLO APP en el mes de enero y que cumplan con los requisitos expuestos en este reglamento. No participan colaboradores de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. Entre más compras realicen más probabilidades tendrán de ganar y participarán en sorteo de 1 Laptop Lenovo Slim3 8 GB 512 GB SSD 15.6 FHD Intel Core 13-N305 Gris y unos audífonos Gamer Skull Candy.
3. CLAUSULAS:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada CAMPAÑA MES DE ENERO EMMA EN GOLLO.COM Y GOLLO APP:el cual se regirá por las condiciones indicadas.
I. Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Participan todos los clientes que realicen compras mínimas de Cien mil colones exactos (₡100.000,00) con EMMA EN GOLLO.COM Y GOLLO APP, entre las fechas del 01 al 31 de enero del 2025.
Por cada compra realizada con un mínimo de Cien mil colones exactos (₡100.000,00) con EMMA EN GOLLO.COM Y GOLLO APP, acumularán una acción electrónica, entre más compras realicen los clientes más probabilidades tendrán de ganar, y quedarán participando en el sorteo.
El ganador debe ser mayor de edad.
Estar al día con el récord crediticio (histórico) con la compañía Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., indistintamente de la Punto de venta y marca del establecimiento comercial donde se encuentra su obligación crediticia.
Tener actualizados los datos en la base de datos de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
En caso de incumplimiento parcial o total de los anteriores requisitos, el premio será nulo y Emma podrá disponer de él.
Se elegirá un único ganador al azar por medio de una aplicación de sorteos, entre todos los que cumplieran con los requisitos.
El sorteo se realizará en oficinas centrales de EMMA en el Coyol de Alajuela, en compañía de un notario público, el 03 de febrero del 2025
A partir de la fecha de contestación del ganador, el mismo tendrá tendrán 8 días naturales para presentarse a la tienda acordada de Unicomer y presentar el documento de identidad o bien comunicarse al Teléfono: +506 800 000 3662 para coordinar cualquier cambio en la entrega del premio. Al expirar el plazo, el premio caducará a favor de EMMA, que se libera de toda responsabilidad por la inacción del ganador. Si el ganador no cumple con los requisitos o no se presenta con el documento de identidad favorecido en el lapso y lugar establecido, EMMA dispondrá del premio a su conveniencia.
Todos los participantes aceptan libremente y autorizan que, su nombre, imagen y fotografía relacionada con la entrega del premio y en general los derechos de su imagen aparezcan en medios de comunicación escritos, televisivos y redes sociales, sin que ello implique remuneración o compensación adicional; renunciando al cobro de derechos de imagen por ese concepto.
El ganador para reclamar el premio debe presentar la cedula de identidad
El ganador o ganadora será el único responsable por el uso, manejo y disfrute del bien adquirido con motivo del presente sorteo.
Unicomer no se hacen responsables por el uso o disposición que el ganador o ganadora o sus beneficiarios le den al premio y tampoco asumen ninguna responsabilidad por cualquier accidente, daño, lesiones o muerte que se produzca por el uso, manejo o disfrute de este así mismo no se hace responsable por cualquier accidente o lesión que pueda sufrir el ganador o ganadora cuando se traslade a hacer reclamo de premio.
En caso de que el ganador no pueda asistir a retirar su premio, deberá autorizar a otra persona para hacer efectivo el premio por medio de un poder especial otorgado ante un notario público y sus respectivas fotocopias de sus documentos de identidad.
Los ganadores serán informados y notificados directamente a los números y correos registrados en Grupo UNICOMER.
Restricciones y limitaciones:
Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
Queda total y absolutamente prohibida la participación en la promoción, de todo el personal del Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A.
Por la página Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones.
Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del Facebook y cualquier otra red social o medios de EMMA, en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República de Costa Rica.
Si los participantes que no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Emma, una marca de Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. es un intermediario financiero, se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos que deben cumplir las fotografías. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas. Sin embargo, la publicación de las fotos no implica la certificación por parte de la empresa del cumplimiento de los requisitos y condiciones, siendo el cumplimiento de éstos, de exclusiva responsabilidad de los participantes.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento de la promoción.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de EMMA o comunicarse a la línea 800-000-3662
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Mientras no exista una modificación al presente reglamento. Cualquier modificación será publicada como parte de las reformas a este Reglamento y estará disponible en www.emmapay.com,pero en ningún momento será necesario notificar individualmente a los clientes Emma.
II. Requisitos:
Para participar en dicha dinámica y sorteo aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito con Emma y las empresas que forman del Grupo de Unión Comercial de Costa Rica Unicomer S.A. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con Emma y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción, pues el medio de pago Emma verificará sus datos y el estado de sus facturas a crédito.
Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica S.A o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Emma considere pertinente.
El presente reglamento regula una dinámica y sorteo EXCLUSIVO para consumidores finales, en el cual se requiere la utilización de la línea de crédito Emma indicado en este reglamento como productos y servicios que participan en este beneficio, siempre y cuando el comercio afiliado en donde se realice la compra acepte Emma como medio de pago.
III- Resolución de conflictos:
Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Reglamento de la promoción "Regreso a clases con todo lo bueno"
Como marco normativo se emite durante la vigencia de la promoción “REGRESO A CLASES CON TODO LO BUENO” la marca GOLLO con la razón social UNION COMERCIAL DE COSTA RICA, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101- 74154 domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia, emite el presente Reglamento y las siguientes cláusulas, la cual está dirigida a los consumidores de todo el país que realicen compras a crédito o contado por un monto igual o superior a los ¢150.000,00 (ciento cincuenta mil colones) en las marcas patrocinadoras (Lenovo y Honor), en cualquiera de los canales de venta de Gollo, ya sea por medio de sus tiendas físicas Gollo Tienda, Gollo App, Gollo WhatsApp y Gollo.com.
1.Mecanica del concurso
Este concurso está dirigido a los consumidores de todo el país que realicen compras a crédito o contado por un monto igual o superior a los ¢150.000,00 (ciento cincuenta mil colones) en las marcas patrocinadoras (Lenovo y Honor), en cualquiera de los canales de venta de Gollo, ya sea por medio de sus tiendas físicas Gollo Tienda, Gollo App, Gollo WhatsApp y Gollo.com.
El cliente que compre el monto igual o superior a los ¢150.000,00 (ciento cincuenta mil colones) en las marcas patrocinadores (Lenovo y Honor) en cualquiera de los canales Gollo estipulados anteriormente, recibirá un seguro estudiantil anual del INS y quedará participando automáticamente en el sorteo de 25 becas de 250.000,00 (doscientos cincuenta mil colones) colones cada una. Participan todas las facturas de compra de montos igual o superior a ¢150.000,00 (ciento cincuenta mil colones) en marcas patrocinadoras (Lenovo y Honor).
Seguro estudiantil del INS, aplica plan #2 con las condiciones, restricciones y requisitos aplicables por el Instituto Nacional de Seguros.
2. Participantes
2.1 Podrán participar todas las personas mayores de 18 años, que realicen compras a crédito o contado superiores o iguales a ¢150.000,00 (ciento cincuenta mil colones) en marcas patrocinadoras (Lenovo y Honor) en cualquier Gollo Tienda, Gollo WhatsApp, Gollo App, y/o Gollo.com, dentro de la fecha de vigencia de la promoción. Por cada factura de compra que cumpla los requisitos el cliente recibe gratis un seguro estudiantil anual del INS. Este seguro es efectivo solo para estudiantes de escuela o colegio, menores de edad. La persona que realiza la compra indicará el nombre del estudiante menor de edad a quien desea otorgarle el seguro.
2.2 La persona al realizar la compra deberá ingresar a www.gollo.com para completar el formulario con los requisitos para la activación del seguro, una vez completado el formulario el seguro se activará en un periodo de hasta 7 días hábiles. Una vez activado el seguro estará vigente por todo el año escolar 2025.
2.3 Además por cada factura, que cumpla los requisitos, queda participando por el sorteo de 25 becas de ¢250.000,00 (doscientos cincuenta mil colones) cada una (un único pago) entregados a cada ganador por medio de un depósito bancario.
3. Vigencia de la promoción:
3.1 Este reglamento rige entre el 21 de enero hasta el 27 de febrero. Por lo tanto solo las comprar superiores o iguales a ¢150.000,00 (ciento cincuenta mil colones) en marcas patrocinadoras (Lenovo y Honor) realizadas en ese período de tiempo podrán optar por un seguro estudiantil y además participar en la presente promoción.
4. Requisitos de participación:
4.1 Para seguro estudiantil:
Compras a crédito o contado superiores o iguales a ¢150.000,00 (ciento cincuenta mil colones) en marcas patrocinadoras (Lenovo y Honor) en cualquier Gollo Tienda, Gollo WhatsApp, Gollo App, y/o Gollo.com, dentro de la fecha de vigencia de la promoción. Por cada factura de compra que cumpla los requisitos el cliente recibe gratis un seguro estudiantil anual del INS.
4.2 Para sorteo de becas:
Compras a crédito o contado superiores o iguales a ¢150.000,00 (ciento cincuenta mil colones) en marcas patrocinadoras (Lenovo y Honor) en cualquier Gollo Tienda, Gollo WhatsApp, Gollo App, y/o Gollo.com, dentro de la fecha de vigencia de la promoción.
Cédula de identidad al día y en buen estado. En caso de Residente, cédula de residencia vigente y en buen estado.
Presentar factura de Crédito o contado en caso de resultar ganador.
Presentar una certificación bancaria en caso de resultar ganador.
5.Limitaciones de participación.
No participan empleados de Unión Comercial de Costa Rica Unicomer S.A, ni sus familiares directos hasta segundo grado de consanguinidad ni afinidad, y ninguna de las sociedades del grupo, ni de la agencia de publicidad. Ni personas jurídicas.
6. Premios
6.1 A través de un sorteo electrónico se elegirán 25 ganadores. El premio a sortear: 25 becas estudiantiles de ¢250.000,00 (doscientos cincuenta mil colones) cada una. Será una beca estudiantil para un ganador, en total 25 ganadores.
Unión Comercial de Costa Rica no se hace responsable de otros tramites o gastos no mencionados en los puntos anteriores.
7. Sorteo:
El sorteo será para 25 ganadores que cumplan con lo establecido en el Apartado 4.2. El sorteo se hará entre todos los clientes que efectuaron compras del monto y vigencia anteriormente establecido. El premio no es trasferible.
El día miércoles 05 de febrero del 2025, se realizará el sorteo con todos los clientes que realizaron compras de ¢150.000,00 (ciento cincuenta mil colones) en marcas patrocinadoras, en el periodo del 21 de enero al 27 de febrero del 2025.
Unión Comercial de Costa Rica extraerá la lista de participantes conforme las compras realizadas según lo estipulado en el punto 4. Designará de manera aleatoria y en presencia de un Notario Público siete ganadores. Además designará una lista de suplentes con un máximo de 10 ganadores. Se llamará a los ganadores oficiales vía telefónica 3 veces seguidas y en caso de que no conteste la tercera llamada, perderá su premio y se procederá a contactar a 1 ganador de la lista de espera conforme el orden definido a la hora de su designación. Y así consecutivamente hasta que se contacte un ganador.
El premio obtenido por el ganador deberá ser reclamado en un máximo de 4 días naturales posterior al sorteo. Y deberá de cumplir todos y cada uno de los requisitos enunciados en el apartado 4. En caso de que no cumplía alguno de los requisitos se volverá a recurrir a la lista de suplentes para asignar otro ganador.
Los premios son generados de manera electrónica por lo cual no podrán ser cambiados por otros premios ni reclamados por personas distintas a las que hicieron la compra.
El sorteo se realizará con la presencia de un notario público quien dará fe de la autenticidad del sorteo.
8.Derechos de Imagen.
Todos los participantes en el presente concurso otorgan de manera expresa su consentimiento para utilizar su imagen para fines publicitarios de Unión Comercial de Costa Rica por medio de fotos o videos en los medios digitales o de comunicación que considere.
Unión Comercial de Costa Rica, S.A se reserva el derecho de incluir o publicar las fotos subidas por los clientes, a su exclusivo criterio, sin costo ni responsabilidad alguna. Asimismo, también se reserva el derecho de eliminar del cualquier red social de Gollo, en cualquier momento, las fotos publicadas por los participantes, a su exclusivo criterio, sin costo, ni ninguna notificación previa y sin que ello genere responsabilidad alguna.
9. Restricciones y limitaciones:
9.1 Quedan excluidas de participar válidamente en la presente promoción, todas las personas menores de edad o personas jurídicas o datos incompletos sobre el participante, de conformidad con los requisitos de participación establecidos en el presente Reglamento.
9.2 Por medio de las redes sociales de Gollo CR se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
9.3 Unión Comercial de Costa Rica, S.A se reserva el derecho, en cualquier momento, de no publicar o levantar, sin obligación de indemnización alguna y sin notificación, si se entiende que no cumple con los requisitos del concurso. Esta revisión se hace para analizar, a su exclusivo criterio, el cumplimiento de los requisitos de contenido y técnicos, además de estar conformes con las pautas y condiciones solicitadas.
9.4 Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelto por Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
9.5 Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no les asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente.
9.6 Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento del evento.
9.7 Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá introducir todas las medidas de seguridad que considere convenientes para el buen desarrollo del concurso, y suspenderá parcial o totalmente en forma inmediata, sin asumir ninguna responsabilidad, si se llega a detectar fraudes o cualquier irregularidad que atente contra sus intereses. Asimismo, si por caso fortuito o por fuerza mayor o cualquier otra circunstancia ajena a su control, Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se viera obligado a suspender temporal o permanentemente el presente sorteo. Su responsabilidad será sólo la de comunicar en forma suficiente dicha circunstancia, no pudiendo los participantes hasta ese momento reclamar ningún tipo de daño o perjuicio.
9.8 Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de Gollo CR o llamar al número 800-2872226.
9.9 Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
Los participantes y/o eventuales ganadores eximen a Unión Comercial de Costa Rica, por cualquier accidente, retraso o inconveniente que pudiere sufrir con el disfrute del premio.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
Reglamento de la promoción "Inicia a pagar en 60 días"
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
1. Promoción:
Inicia a pagar en 60 días.
2. Beneficio de la promoción:
El cliente recibirá el beneficio de iniciar a pagar en 60 días al comprar a crédito con NAF o EMMA. Esta promoción es válida únicamente para la compra de artículos seleccionados y dentro de los plazos establecidos, los cuales se detallan en las condiciones de la oferta.
3. Clausulas:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada: “Inicia a pagar en 60 días” al comprar a crédito el cual se regirá por las condiciones indicadas.
- Generalidades, restricciones y penalizaciones:
- Esta promoción es válida únicamente para la compra a crédito de artículos seleccionados y dentro de los plazos establecidos, los cuales se detallan en las condiciones de la oferta. No aplica para préstamos en efectivo ni Créditos Pymes.
- Este beneficio aplica únicamente en créditos con un plazo mínimo de 12 meses.
- La promoción ha sido anunciada en la página oficial de Facebook de la compañía y está sujeta a las condiciones establecidas en este reglamento. Participar implica que el cliente acepta expresamente estas condiciones.
- Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.
- Los participantes que no acepten los términos y condiciones de esta promoción no tendrán derecho a reclamar ni recibir indemnización alguna.
- Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. se reserva el derecho de modificar, suspender o cancelar la promoción en cualquier momento y sin previo aviso, de acuerdo con lo permitido por la ley.
- Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de GOLLO-CURACAO o comunicarse a la línea 800-00-46556.
- El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
- Requisitos:
- Para participar en las promociones aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito en las empresas que forman del GRUPO UNICOMER. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con GRUPO UNICOMER y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción. Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
- Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Unicomer considere pertinente.
- Resolución de conflictos:
- Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Reglamento de la promoción "Meses sin intereses"
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
1. Promoción:
Meses sin intereses.
2. Beneficio de la promoción:
El cliente recibirá el beneficio de conversión de “Meses sin intereses”. Esta promoción es válida únicamente para la compra de artículos seleccionados, dentro de los plazos establecidos, y los montos de compra que se detallen en las condiciones de la oferta.
3. Clausulas:
El presente reglamento tiene como fin regular la promoción denominada: “Meses sin intereses”, el cual se regirá por las condiciones indicadas.
- Generalidades, restricciones y penalizaciones:
- Esta promoción es válida únicamente para la compra de artículos seleccionados, dentro de los plazos establecidos, y los montos de compra que se detallen en las condiciones de la oferta.
- El programa “Meses sin intereses”, se puede aplicar únicamente en colones.
- Las cuotas según el plazo de la “Meses sin intereses.” no generarán intereses siempre y cuando se cancele el pago de la cuota mensual completo indicado desde un inicio según la conversión de la compra. Si el monto total no es pagado, la cuota mensual completa no pagada se financiará a la tasa de interés estipulada en el contrato de la línea de crédito o pagaré aceptado por el cliente.
- De no realizar el o los pagos de cualquiera de las cuentas activas de Unión comercial de Costa Rica UNICOMER S.A., en las fechas indicadas, el crédito a través de esta PROMOCIÓN de “Meses sin intereses” se transformará en un crédito revolutivo tomándose como fecha de inicio, la fecha de pago de su línea de crédito y por lo tanto EL CLIENTE se obliga a pagar bajo los términos y condiciones estipuladas en su contrato de línea de crédito o pagaré, es decir, con la tasa de interés establecida y por el plazo máximo establecido (36 meses), bajo los términos y condiciones del pagaré.
- No aplica para préstamos en efectivo ni Créditos Pymes.
- No existe pago de penalidad por pago anticipado de este tipo de transacción.
- Por la página de Facebook se ha advertido de la existencia de este reglamento, en señal de que la participación de los interesados, están sujetos a condiciones y limitaciones. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este reglamento.
- Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de La República.
- Si los participantes no aceptan los términos y condiciones, no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna.
- Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. se reserva el derecho de administrar los elementos y facultades que no cumplan con la mecánica, el buen ver y el buen funcionamiento de la promoción.
- Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de GOLLO-CURACAO o comunicarse a la línea 800-00-46556.
- Unión Comercial de Costa Rica, Unicomer S.A. podrá agregar en cualquier momento y sin previo aviso toda regla que no esté ya estipulada en este reglamento.
- El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
- Requisitos:
Para participar en las promociones aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito en las empresas que forman del GRUPO UNICOMER. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con GRUPO UNICOMER y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción. Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Unicomer considere pertinente.
- Resolución de conflictos:
- Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Reglamento de la promoción "Cuotas gratis al comprar a crédito"
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. cédula jurídica número 3-101-74154, domiciliada en la ciudad de Alajuela, constituida de conformidad con las disposiciones del Código de Comercio, que se encuentra regulada por los supuestos del numeral cinco del código citado y por todas las leyes de la República de Costa Rica que regulan la materia.
1. Promoción:
Cuotas gratis al comprar a crédito.
2. Beneficio de la promoción:
El cliente recibirá tres cuotas gratis al realizar una compra a crédito, ya sea mediante crédito NAF o EMMA. Esta promoción es válida únicamente para la compra de artículos seleccionados y dentro de los plazos establecidos, los cuales se detallan en las condiciones de la oferta.
3. Clausulas:
Este reglamento establece las condiciones bajo las cuales se llevará a cabo la promoción “Cuota Gratis al Comprar a Crédito” y es vinculante para todos los participantes.
- Generalidades, restricciones y penalizaciones:
Esta promoción es válida únicamente para la compra a crédito de artículos seleccionados y dentro de los plazos establecidos, los cuales se detallan en las condiciones de la oferta. No aplica para préstamos en efectivo ni Créditos Pymes.
Este beneficio aplica únicamente en créditos con un plazo mínimo de 12 meses.
La promoción ha sido anunciada en la página oficial de Facebook de la compañía y está sujeta a las condiciones establecidas en este reglamento. Participar implica que el cliente acepta expresamente estas condiciones.
Cualquier situación que no esté previsto en el presente reglamento, será resuelta por Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A., en estricto apego a las leyes de la República de Costa Rica.
Los participantes que no acepten los términos y condiciones de esta promoción no tendrán derecho a reclamar ni recibir indemnización alguna.
Unión Comercial de Costa Rica, UNICOMER S.A. se reserva el derecho de modificar, suspender o cancelar la promoción en cualquier momento y sin previo aviso, de acuerdo con lo permitido por la ley.
Para más información o consultas se puede escribir un mensaje privado al perfil de Facebook de GOLLO-CURACAO o comunicarse a la línea 800-00-46556.
El presente reglamento se ajusta en todo a las leyes vigentes de la República de Costa Rica y todas las personas participantes aceptan las condiciones aquí expresadas.
- Requisitos:
Para participar en las promociones aquí descritas los clientes deberán estar AL DIA en todas sus facturaciones a crédito en las empresas que forman del GRUPO UNICOMER. Si una persona ostenta una situación o identificación de MOROSO en cualquier tipo de facturación de crédito que mantenga con GRUPO UNICOMER y la empresa relacionada citada no podrá participar en la presente promoción. Los participantes no podrán haber sido categorizados como clientes con antecedentes moratorios, es decir, que aparezcan registrados en los sistemas vigentes de Unión Comercial de Costa Rica UNICOMER S.A. o cualquiera de sus marcas asociadas, o con alguna categoría que lo identifique como deudor moroso.
Para hacer participar y recibir el beneficio es requisito indispensable que los clientes cumplan a cabalidad con lo estipulado en la Ley 8204, su reglamento ejecutivo y la normativa prudencial relacionada; lo cual incluye que, si se trata de un cliente existente, debe de mantener actualizada la información y haber entregado la información que Unicomer considere pertinente.
- Resolución de conflictos:
- Todas las controversias, diferencias, disputas o reclamos que pudieran derivarse de este Programa, su ejecución, incumplimiento, liquidación, interpretación o validez, de este REGLAMENTO y cualquier otro documento anexo serán interpretados, ejecutados y regulados de conformidad con las leyes de la República de Costa Rica.
Instalación Básica Gratis para Aires Acondicionados Mabe.
Aplica unicamente para los siguientes códigos:
6094020085
6094020102
6094090053
6094090018
6094020066
6094020083
Más detalles en el siguiente link: https://mabeglobal.com/es_CR/instalacion-basica-zonas
USO DE CUPONES
Los cupones promocionales son de uso exclusivos para compras en www.gollo.com utilizando los métodos de pago de tarjeta de crédito y débito, dichos cupones no son efectivos para compras por medio de CrediGollo y Emma.
Promoción Llantas 3x4
-
Aplica para modelos de llantas seleccionadas.
-
Promoción exclusiva de Gollo.com.
-
Debes de incluir en el carrito las 4 llantas y ahí se aplica el descuento.
-
Si las llantas tienen precio de promoción, no aplica la promoción del 3x4.
Promoción de Muebles con Ensamble Gratis dentro del GAM
Límite de zonas para que aplique el ensamble Gratis:
- Alajuela
- Heredia
- San Jose
- Cartago
- Atenas
- Esparza
- Orotina
Al momento de facturar, el asesor debe de coordinar con el proveedor Ensamble Vargas. Validando que la dirección donde se entrega el producto esté dentro de los límites del GAM antes mencionados donde el servicio ya está incluido en el precio, brindándoles nombre de cliente, dirección, y número telefónico. En caso de que la dirección este fuera del límite del GAM, el cliente deberá cubrir la diferencia de distancia desde el límite del GAM hasta su domicilio, esto lo cotizará el proveedor y se le cancela directamente al mismo por parte del cliente.
Ningún código de cocina incluye accesorios de grifería, bateas, o cualquier otro tipo, es solo el mueble como tal.